Después de muchos comentarios, Colombia conoció oficialmente el texto de la reforma a la salud. En 180 páginas y 152 artículos se plantea el nuevo modelo para el sector. Y aunque hay detalles más técnicos, las siguientes preguntas resuelven las dudas más frecuentes.

El gobierno de Gustavo Petro presentó y radicó la reforma a la salud. | Foto: Esteban Vega La-Rotta / Publicaciones Semana

1. ¿Qué pasará con los pacientes críticos o con tratamientos de mayor nivel?

Como lo han venido expresando desde distintos sectores, será necesario un período de transición. Pero según lo explicado, se van a garantizar los tratamientos y medicamentos sin que algún paciente tenga que interrumpirlos.

Es decir, en cuanto se dé el cambio, los nuevos responsables de la gestión del riesgo asumen la tarea de cumplirle a los pacientes. En el caso de las EPS en proceso de liquidación o riesgo, se ha previsto que la Nueva EPS los reciba.

2. ¿Hasta cuándo funcionarían las EPS?

Mientras no se pase de forma ordenada y se dé el proceso de “empadronamiento” en los Centros de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud, (Capirs), las entidades promotoras de salud seguirán funcionando.

3. ¿En caso de que no se cumpla con los tratamientos o medicamentos, qué se puede hacer?

Según lo explicado en el capítulo XI, artículo 120, la Superintendencia Nacional de Salud controlará y ordenará “las acciones necesarias para salvaguardar el derecho vulnerado y puesto en riesgo” a través de una medida cautelar por medio de acto administrativo.

“Los traslados a los sujetos vigilados para el recaudo de la información necesaria para la toma de la decisión no podrán superar el término perentorio de setenta y dos (72) horas y la decisión de fondo podrá omitir la práctica de pruebas de encontrarse documentado la vulneración o riesgo del derecho fundamental a la salud”, se especifica.

La reforma a la salud tiene 180 páginas y 152 artículos. | Foto: Libre de derechos

4. ¿Se podrá tener medicina prepagada o un seguro de salud?

Sí. Como se aclaró desde hace unas semanas, estas empresas y planes no se tocan y continúan su funcionamiento. Eso sí, aclaran en el planteamiento que quienes estén afiliados a estos planes “no tendrán prelación alguna cuando utilicen el Sistema de Salud, al cual tienen derecho”.

5. ¿Cómo van a funcionar las remisiones?

En este punto se tiene en cuenta que buscan un sistema con “menos barreras”. Por eso, como se señala en el texto de reforma, “las remisiones para la prestación de servicios en su integridad estarán a cargo de las instituciones del Sistema de Salud, sin trasladar en ningún caso la carga de los mismos a los pacientes y sus familiares. El acceso a los servicios será expedito y primará el derecho fundamental a la salud respecto de cualquier formalidad o trámite administrativo”.

6. Si el hospital al que me asignen no presta los servicios que necesito, qué se hace.

Si bien, las personas estarán asignadas a un centro, “a nivel Nacional se conformará una Coordinación Nacional de la Red de Servicios Especiales para suplir las necesidades de atención que superen los límites regionales, con el fin de coordinar la referencia de pacientes que necesiten tratamientos en instituciones especiales que no estén disponibles en el ámbito regional”.

Evento previo a la radicación proyecto reforma a la salud. | Foto: Esteban Vega La-Rotta / Publicaciones Semana

7. ¿Qué propone la reforma para personas con enfermedades raras?

También como confirmación de lo que se había venido anunciando, la idea es incrementar los centros especializados en enfermedades raras para garantizar que el paciente o la paciente reciban una adecuada atención. Además, se plantea que se usen de maneras más recursivas las herramientas disponibles. Esto influiría en el uso de la telemedicina.

8. ¿Qué hacer si necesito medicamentos de muy alto costo?

A través de la Cuenta de Enfermedades Raras se prevé garantizar todos los servicios para los pacientes. Esto incluye el diagnóstico, la adquisición y la distribución de medicamentos vitales para el tratamiento.

9. ¿La Junta Médica podría actuar en mis necesidades como paciente?

Según el artículo 132, del capítulo VXI de autonomía profesional y autorregulación, “cuando el paciente, su representante, su familia o el médico tratante lo consideren necesario o pertinente, se podrá solicitar una Junta Médica con el objeto de discutir el caso de un paciente determinado”.

10. ¿A qué servicios tengo acceso con esta propuesta de reforma?

Según lo explicado, se “incluye los servicios de atención prehospitalaria, de urgencias, el transporte de pacientes y los servicios farmacéuticos, orientados a garantizar el derecho fundamental a la salud”.