Cuando se liquida una Entidad Promotora de Salud (EPS), un agente encargado tiene que proceder a realizar un inventario de lo que queda, para tratar de negociar los bienes del deudor y poder pagar así, de manera ordenada, las obligaciones a su cargo que lo llevaron a la insolvencia.

La Superintendencia de Salud reiteró este martes que la autonomía que tienen como directores del proceso y responsables de liquidación, incluyen una rendición oportuna de cuentas de su gestión e iniciar acciones de revocatoria de actos proferidos 18 meses antes de la toma de posesión para liquidar la entidad, ramo o programa de salud

“Estamos haciendo un llamado de advertencia a los liquidadores que están al frente de esas entidades para que revisen la responsabilidad que les cabía a aquellos que provocaron el colapso de la entidad de salud y actúen en consecuencia para establecer los alcances penales, administrativos, fiscales y disciplinarios de sus antecesores”, expresó el Superintendente Ulahí Beltrán López.

Más detalladamente, en esta nueva circular aseguran que los liquidadores asumen la responsabilidad por los daños y perjuicios que causen por acción u omisión, directa o indirectamente, con ocasión en tres casos:

  1. Actos emitidos en contravención de las reglas del proceso de liquidación forzosa administrativa de una entidad vigilada por la Superintendencia Nacional de Salud.
  1. El incumplimiento de las obligaciones a su cargo.
  1. Los daños o perjuicios que hayan causado profesionales y técnicos que le presten servicios de apoyo para el desarrollo de sus funciones y cualquier persona vinculada al agente liquidador.

También aseguraron de la Supersalud que mantendrán el seguimiento especial de las obligaciones de estos agentes liquidadores en lo relacionado con la pronta realización de los activos y el pago gradual y rápido del pasivo externo a cargo de la respectiva entidad hasta la concurrencia de sus activos, preservando la igualdad entre los acreedores.

Liquidadores e interventores de EPS tendrán que mostrar su situación financiera antes de tomar un caso

En la primera semana de septiembre así lo definió la Superintendencia Nacional de Salud. Para ello expidió una circular en la que indica que los agentes interventores, liquidadores y contralores, que cumplan funciones en las EPS, hospitales y demás entidades del sector, que se encuentren bajo alguna medida especial de control, deberán hacer públicas sus declaraciones de bienes y rentas.

La instrucción, que se da bajo el mandato del nuevo superintendente, Ulahi Beltrán López, tendrá que ser de inmediato cumplimiento, según la norma expedida.

¿Cuántos son?

En la actualidad, existen cerca de 50 agentes designados por la Supersalud para desarrollar estas tareas. La medida busca además que no se presenten conflictos de intereses entre los que van a estar al frente de una liquidación, por lo cual, también debe hacerse público esa circunstancia, si llegara a existir.

Dentro del documento normativo, la Supersalud advierte que el incumplimiento de las instrucciones impartidas dará lugar a la imposición de sanciones sin perjuicio de responsabilidades disciplinarias, fiscales, penales o civiles que puedan derivarse y las sanciones que puedan imponer otras autoridades judiciales y administrativas.

“Como se recuerda, cuando la Superintendencia ordena alguna medida especial sobre una EPS o IPS, designa un agente especial, interventor o liquidador -según sea el caso- y nombra adicionalmente una firma contralora que haga el seguimiento a esa medida administrativa”, estableció la entidad.

De dominio público

Para la Superintendencia, teniendo en cuenta la importancia del papel de estos agentes especiales, se aplicarán los principios de transparencia y publicidad necesarios, de manera que la ciudadanía, sin restricción alguna, pueda consultar la documentación tributaria y de interés público.

La entidad de control recordó también que los agentes especiales que participan en procesos liquidatorios y de interventoría son particulares que realizan una función pública. Lo hacen de manera transitoria, tiempo en el cual, quedan obligados a regirse por las normas del sector público.

La documentación la tendrán que presentar a través del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (Sigep), así como en el Aplicativo por la Integridad Pública de la actual administración.

En los últimos tiempos, en Colombia se volvió común que entidades del sector salud, como EPS, lleguen a ser inviables y tengan que ser liquidadas. En el primer trimestre de este año, desde la Superintendencia de Salud se informó que iban 13 EPS liquidadas y 9,3 millones de colombianos trasladados a otras administradoras. Las que más se liquidan son las del régimen subsidiado.