A través de las redes sociales se ha criticado al Gobierno, al señalar que mientras toma decisiones restrictivas de movilidad, a su vez ordena la reactivación de más sectores productivos. En medio de ese panorama, el presidente Iván Duque expidió el decreto 878 de 2020, con el que sustenta la determinación que adoptó de prorrogar la cuarentena en el país hasta el 15 de julio, como medida de prevención ante las consecuencias que ha traído a su paso la pandemia del coronavirus.

En ese documento, el Gobierno explica los lineamientos que deberán tener los restaurantes y centros de culto o religiosos para poder reabrir sus puertas al público, en regiones sin o con muy pocos casos positivos de coronavirus. En el decreto 878, el presidente Iván Duque faculta a los alcaldes para que inicien una coordinación con el Ministerio del Interior sobre medidas de seguridad como protocolos de distanciamiento. “Los alcaldes de los municipios y distritos, en coordinación con el Ministerio del Interior, podrán autorizar la implementación de planes piloto en los establecimientos y locales comerciales que presten servicio de comida, para brindar atención al público en el sitio -de manera presencial o a la mesa-, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, para el desarrollo de esta actividad”, dice uno de los apartes del decreto. Sobre el tema de la reapertura de las sedes de culto expresa el documento: “Los servicios religiosos que puedan implicar reunión de personas se podrán permitir siempre y cuando medie autorización de los alcaldes en coordinación con el Ministerio del Interior y se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para el desarrollo de esta actividad”. No obstante, el presidente Iván Duque afirmó que el decreto de la ampliación del aislamiento obligatorio en Colombia debe cumplirse adoptando políticas como el lavado de manos, distanciamiento social y reactivación gradual de la vida productiva. “Hemos incluido, en este decreto, los pilotos que podrán desarrollarse, ya no solamente en aquellos municipios que no registraban casos de covid sino que, también, se extiende a municipios con baja afectación de covid, los pilotos para restaurantes. Obviamente con todos los protocolos autorizados por los alcaldes y con los aforos que han sido recomendados, también, por el Ministerio de Salud”, recalcó Duque. ¿Qué actividades físicas están permitidas? El desarrollo de actividades físicas, de ejercicio al aire libre y la práctica deportiva de manera individual de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, por un período máximo de dos horas diarias. El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los niños mayores de 6 años, tres veces a la semana, una hora al día.

El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los niños entre 2 y 5 años, tres veces a la semana, media hora al día. El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los adultos mayores de 70 años, tres veces a la semana, una hora al día.