La aprobación del texto final del Plan Nacional de Desarrollo (PND) despertó la indignación de todas las bancadas del Legislativo contra el Gobierno y los partidos de la Unidad Nacional. Los artículos que están bajo la lupa se cuentan por decenas, igual que las denuncias y señalamientos por los posibles ‘micos’ que se lograron colar en el texto final. Una de las denuncias más complejas la hizo el senador del Centro Democrático, Alfredo Ramos, quien aseguró que el artículo 262 del PND atiendo intereses privados, más específicamente “beneficia directamente a Tigo”, que es una empresa del conglomerado mundial Millicom. Este señalamiento abre un profundo debate en el sector de las telecomunicaciones del país. La historia en términos sencillos es así. Los operadores móviles le arriendan al Estado colombiano una cantidad segmentada del espectro por donde pasan los datos que los usuarios consumen con sus celulares inteligentes. Las normativas legales del sector señalan que cada operador puede tener máximo 85 Megahertz (MHz) del espacio radio eléctrico para poder prestar los servicios de datos en todo el país. En 2014, Tigo y UNE se fusionaron en lo que fue una de las movidas empresariales más importantes del sector. Esta unión también representó la suma de los espectros que Tigo y UNE habían le habían arrendado al Estado en diferentes subastas. Después de la fusión la empresa quedó con 135 Megahertz, por lo que tiene que encontrar una fórmula para devolver ese excedente de 50 Megahertz y cumplir con las regulaciones establecidas. Pues bien, el tema de la cesión de este remanente de espectro resultó ser el 'Florero de Llorente'. El artículo 262 del PND, que fue aprobado señala textualmente que: “La cesión de los permisos de uso del espectro radioeléctrico no generará contraprestación alguna a favor de la Nación. El negocio jurídico que, para este propósito, se celebre entre cedente y cesionario se sujetará al derecho privado, y a la aprobación del Ministerio de las TIC”. La frase textual “no generará contraprestación alguna a favor de la Nación” es el motivo central de la controversia. Por un lado, el senador Ramos asegura que este artículo representa un beneficio para Millicom, ya que podrá vender, arrendar o ceder el espectro que tiene sin necesidad de darle ninguna retribución al Estado. En charla con Semana.com, el senador Ramos explicó que la aprobación de este artículo podría configurar un detrimento patrimonial para los colombianos. “El Estado es el dueño y administrador del espectro, por lo que lo más lógico es que reciba alguna contraprestación por las transacciones que se hagan por parte de los particulares, en este caso Millicom”, aseguró. Semana.com habló con el abogado Jaime Casas, representante de Tigo para conocer el otro lado de la moneda. Casas explicó que, en 2010 UNE le pagó al Estado alrededor de 80.000 millones de pesos por la cesión del espectro y “sería ilógico que la empresa tenga que pagar otra vez por un activo que ya había adquirido”. ¿Tiene derecho el Estado a recibir alguna remuneración por una cesión adicional del espectro? Ese es el tema de fondo. De acuerdo con lo que pudo establecer Semana.com fue el propio Gobierno el que metió el polémico artículo, por lo que se deduce que la posición de la Nación está de lado de los operadores de telecomunicaciones. El senador Ramos plantea un escenario en el que la Nación beneficia decididamente los intereses de un privado, en este caso Millicom, que tendrá la posibilidad de rentabilizar ese espectro sobrante mediante una transacción entre privados que sería avalada por el MinTic, pero que no le representaría ningún gravamen adicional. Desde Tigo plantean una posición contraria y también debatible. Señalan que este artículo aprobado en el PND en el mediano plazo beneficiará a todo el sector ya que se regula lo que se conoce como el “mercado secundario de espectro”. “Tener la posibilidad de ceder o arrendar espectro promoverá nuevos escenarios que promoverán la competencia al haber nuevos jugadores, eso beneficiará a todos”, aseguró el abogado Casas. El tema de fondo es la constitucionalidad del polémico artículo 262 del PND. Las opiniones están divididas también entre los expertos del sector. El exministro de las TIC y experto en telecomunicaciones, Daniel Medina, le explicó a Semana.com que la decisión que aprobó el Legislativo es positiva porque ayudaría a evitar que se generé mayor concentración del mercado. Ante los cuestionamientos sobre los derechos que está cediendo la Nación respecto al manejo del espectro (que es propiedad de los colombianos), Medina se pregunta si las emisoras de radio, que también arriendan espacio radiofónico a la Nación, también tendrían que pagar una contribución cuando ceden sus espacios. Indicó, además, que otros países de la región adoptaron exitosamente esta estrategia. Por otro lado, varias voces juristas especializados en el sector expresan que este artículo no resistiría una revisión de la Corte Constitucional, ya que en la carta magna expresan claramente que el espectro es propiedad del Estrado y “sería incoherente que un privado ceda o venda parte de ese espectro y la Nación no reciba alguna retribución”. La discusión está planteada y será la Corte Constitucional, en caso de que haya una demanda, quien tenga la última palabra. Por ahora, al famoso artículo 262 del PND sólo le falta la sanción presidencial para que entre en vigencia.