Lo anterior aplicará para quienes actúen en calidad de representantes legales, mandatarios, delegados, apoderados y representantes en general, así como los revisores fiscales y contadores. Esta disposición hace parte de lo señalado en el literal e) del artículo 5° del Decreto 2460 de 2013. La Dian también resaltó la importancia de que los representantes, revisores y contadores, adelanten su inscripción en el RUT para así evitar traumatismos al momento de cumplir deberes formales o de actualizar el Registro Único Tributario de la organización o persona a la cual están vinculados, ya que esta es una de las condiciones para gestionar este trámite exitosamente. De igual forma, con el fin de garantizar la efectiva comunicación entre la Dian y el ciudadano se hace indispensable contar con la información relacionada con el correo electrónico. Finalmente, la autoridad tributaria señaló que en los próximos días estará disponible el servicio de actualización en línea del domicilio en el RUT, máximo dos veces en 6 meses, para las personas naturales del régimen simplificado del IVA y para quienes cuenten con mecanismo digital.