Las motocicletas son uno de los principales medios de transporte en las diferentes ciudades de Colombia. En vista de que son más económicas y no pagan peajes, muchas personas prefieren esta opción en lugar de los carros.

En el mercado existe una amplia variedad de marcas y modelos, de manera que hay motos para todos los gustos. El cilindraje también varía, además de otras configuraciones técnicas que inciden en el precio final del vehículo.

La normativa colombiana exige el cumplimiento de ciertos requisitos antes de poder salir a carretera en una moto. Al igual que sucede con los carros particulares, los propietarios deben cumplir con la documentación. De no hacerlo, pueden ser sancionados por las autoridades de tránsito.

Según detalla el Código Nacional de Tránsito, estos son los papales con los que debe contar todo ciudadano que pretenda circular por las vías del país en una motocicleta.

En primer lugar, debe estar registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). Este trámite puede realizarse en las oficinas de la Secretaría de Tránsito, según la ciudad en que se encuentre.

La inscripción en el RUNT es el primer paso, pues también es requisito para tramitar la licencia de conducción, otro documento obligatorio. Y es que ser sorprendido conduciendo un vehículo, sea carro o moto, y no contar con licencia es causa de un comparendo de 30 SMLDV, que equivale en 2024 a 1′300.000 pesos.

Vale mencionar que desde el 2022, con la Circular No 20221010000601 del 3 de enero de ese año, dejó de ser obligatorio portar en físico la licencia de conducción y la licencia de tránsito del vehículo. Eso sí, solo si el conductor está en capacidad de presentar al agente de tránsito la documentación vigente a través del RUNT.

Precisamente, la licencia de tránsito es otro documento obligatorio para circular en moto por Colombia. Este papel certifica que el vehículo es propiedad de la persona y que está matriculado legalmente.

La licencia de conducción es obligatoria para manejar vehículos en el territorio nacional. | Foto: El País

Al igual que los carros, las motos también deben tener Soat y revisión técnico-mecánica. Ambos documentos tienen vigencia de un año, por lo que deben ser renovados una vez llega la fecha de vencimiento.

En caso de que las autoridades de tránsito sorprendan a un conductor cuya motocicleta no tenga Soat vigente, recibirá un comparendo de 30 SMLDV. Si el documento vencido es la técnico-mecánica, la multa será de 15 SMLDV (650.000 pesos).

La conducción de motos también requiere habilidad de parte del piloto. | Foto: Getty Images

Si la infracción involucra ambos documentos, el precio será mayor, pues comprende dos faltas a la normativa. Adicionalmente, el vehículo será inmovilizado, de manera que habrá cobros extra por concepto de grúa y patios.

Finalmente, la cédula de ciudadanía también debe ser presentada en caso de que la autoridad la solicite. Si bien no tenerla no es causa de comparendo, es importante que el documento esté a la mano.