Corte le quita trabajo a la Fiscalía

14 de marzo de 2016

En una dura decisión la Corte Suprema de Justicia, determinó que los adictos pueden tener cuanta droga sea necesaria para satisfacer su necesidad de consumo sin el temor de incurrir en un delito. El hecho de portar una dosis mayor a la que la ley reconoce como mínima no puede llevar automáticamente a la cárcel a los consumidores. Esta postura beneficia al ente investigador que, anualmente, tiene que tramitar alrededor de 50.000 procesos relacionados con el porte de estupefacientes, teniendo que archivarlos, por encontrar que no hay delito. Con esta precisión de la Corte, ya ni siquiera tendrá que ocuparse de la mayoría de esos casos, pues la dosis mínima ya no será el único parámetro para determinar si el porte de estupefacientes tiene fines criminales.