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Uribe tiene que informar a la corte antes de tomar un avión al extranjero

16 de octubre de 2019
| Foto: León Darío Peláez

Desde el pasado martes, cuando concluyó la indagatoria de Álvaro Uribe ante la Corte Suprema de Justicia, el expresidente quedó formalmente vinculado al proceso penal por presunto soborno y fraude procesal. Esa situación jurídica implica que el procesado no podrá pasar a otro sus bienes (enajenar), ni salir del país sin informarle a la Sala de Instrucción, concrétamente al magistrado César Augusto Reyes, instructor del caso. Estas limitaciones no son específicas del caso Uribe sino que, según la ley 600, aplican para todo procesado en esa instancia judicial. La misma norma indica que una vez las partes presenten los alegatos de conclusión –paso de debe cumplirse esta semana– el magistrado deberá entrar a resolver situación jurídica, es decir: determinar si debe precluir la investigación o si por el contrario existe mérito para acusar al expresidente e imponer una medida de aseguramiento preventiva, dentro de estas está la prohibirle salir del país. Pero este último es un escenario hipotético y sobre el que no habrá determinación en ningún sentido en el corto plazo.