CONFIDENCIAL
Exclusivo: El malestar por la captura del comandante de la Policía del Caquetá, por el secuestro de 79 uniformados
SEMANA conoció con fuentes judiciales, varios aspectos que llamaron la atención o por los menos dejaron un mal sabor en la Policía tras la decisión de un juez penal militar, quien ordenó la captura del comandante de la Policía del Caquetá, el coronel, Javier Antonio Castro.
Su detención expedida por el juez 181 de instrucción penal militar se dio por los hechos ocurridos en la vereda Los Pozos, en San Vicente, del Caguán, en el Caquetá, en donde la guardia campesina secuestró a un contingente del Esmad, y fueron asesinados un subintendente de la Policía y un civil.
El juez ordenó la captura contra el oficial porque este no se presentó a rendir indagatoria, para que explicara porque no hubo apoyo del departamento de Policía del Caquetá a los uniformados que se encontraban en el sector de Los Pozos.
SEMANA consultó con varias fuentes cercanas al proceso e indicaron que les llama la atención varios aspectos: primero, que la decisión la tomó un despacho de justicia penal militar del Ejército, donde hoy trabaja un juez civil que se encuentra en encargo porque el titular está de licencia. Segundo, que no se tuvo en cuenta el proceso personal por el que se encuentra atravesando el oficial, a quien recientemente le falleció el papá, lo que le ha generado complicaciones de salud.
En tercer lugar, si a raíz de esta decisión se dará una en mismo sentido contra el comandante del batallón del Ejército que estaba en la zona y que no apoyó a los policías secuestrados.
Sobre este episodio que ha dejado un sinsabor en la Policía, más si se tienen en cuenta, aseguraron las fuentes, que el propio presidente de la República, Gustavo Petro, y el ministro de Defensa, Iván Velásquez, reconocieron que ellos como máximas autoridades fueron los que ordenaron que no se enviaran los refuerzos para evitar una tragedia mayor.
Que también por decisiones de alto nivel, se le ordenó al batallón del Ejército que no interviniera para evitar el uso de armas de fuego por parte de los uniformados y la situación se saliera de control.
Sobre estos hechos, la Fiscalía de la Justicia Penal Militar, indicó que, “no tiene injerencia ni competencia, por cuanto esta actúa en el marco del Sistema Penal Oral Acusatorio – Ley 1407 de 2010. En tal sentido, el Juez 66 (Ejército) de Instrucción Penal Militar y Policial encargado del Despacho 181 (Policía), con sede en Florencia, en su autonomía judicial, bajo la Ley 522 de 1999, es el responsable de las decisiones correspondientes”.
Por su parte la Unidad Administrativa de la Justicia Penal Militar, indicó que el oficial fue citado a diligencia de indagatoria, a la cual no compareció, y sin conocer el motivo de la inasistencia el juez ordenó su captura.
Para algunos conocedores del sistema penal militar, este podría ser el primer encontronazo que se da entre la Fiscalía de la Justicia Penal Militar, con los jueces del viejo sistema de la Justicia Penal Militar, que los faculta con una especie de súper poderes, como sucedió en su momento con la Fiscalía General de la Nación con el modelo de la ley 600, donde el ente judicial era juez y parte en los procesos, hasta que llegó el sistema penal acusatorio, con un modelo más garantista para los procesados.
SEMANA conoció que desde ya la Policía está armando todo un arsenal con abogados de la institución para defender al coronel Castro para tumbar la orden de captura del juez militar.