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¿Polémico programa de Jóvenes en Paz desaparecerá luego de que la Corte tumbó el Ministerio de la Igualdad? Gobierno responde

Redacción Confidenciales
9 de mayo de 2024
Vicepresidenta Francia Márquez
Vicepresidenta Francia Márquez. | Foto: Vicepresidencia

Un fuerte impacto político desató en el país la decisión que adoptó la Corte Constitucional de tumbar la creación del Ministerio de la Igualdad de la vicepresidenta Francia Márquez, generando una serie de reacciones en varios sectores del país.

Especialmente por la pregunta que empieza a tomar fuerza con la determinación del alto tribunal, ¿qué pasará con los programas de esa cartera como Jóvenes en Paz?, el cual consiste en “pagar por no matar”, como lo explicó en su momento el presidente Gustavo Petro y que exige acceso a la educación para las transferencias económicas del Gobierno.

SEMANA consultó con fuentes del Gobierno y señalaron que el programa Jóvenes en Paz y otros más que se han estructurado dentro del Ministerio de la Igualdad no desaparecerán y, por el contrario, seguirán implementándose.

El argumento obedece porque el fallo de la Corte Constitucional fijó como término dos legislaturas, las cuales se empiezan a contar desde julio de 2024 hasta el año 2026. Después de esa fecha se deben subsanar los errores que se cometieron para la creación del Ministerio de la Igualdad.

Es decir, los efectos de los programas sociales del Ministerio de la Igualdad de Francia Márquez tienen aún una vigencia para su ejecución, mientras se define si se presentan en el Congreso los elementos que permitan corregir y revivir esa cartera.

Jóvenes en Paz
Jóvenes en paz. | Foto: Pantallazos de videos de Presidencia sobre el programa Jóvenes en Paz

Cabe señalar que con ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses, el alto tribunal declaró inexequible la Ley 2281 de 2023, “por medio de la cual se crea el Ministerio de la Igualdad y Equidad y se dictan otras disposiciones”.

En la discusión, se estableció que en efecto se presentaron irregularidades en el trámite que se adelantó en el Congreso de la República.

Entre estos, no se llevó a cabo el análisis de impacto fiscal de la creación del Ministerio de la Igualdad “conforme a las exigencias previstas en el artículo 7 de la Ley 819 de 2003″, la cual dicta “normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal”.

Finalmente, la Sala Plena consideró que la decisión no tiene efectos inmediatos, pues esto implicaría la eliminación del sector administrativo de Igualdad y Equidad y, naturalmente, del Ministerio que lo encabeza.