HISTORIA
Los derechos humanos antes y después de la Constitución de 1991
Con esta Carta Magna se le dio la bienvenida a la Defensoría del Pueblo. Uno de los protagonistas de esa constituyente, el exministro de Justicia Juan Carlos Esguerra recuerda así su creación.
Ni el defensor del Pueblo, ni la Defensoría eran parte de nuestro mapa institucional antes de la Carta Magna de 1991. Ambos fueron creaciones de esa Constitución y, ciertamente, no fueron creaciones casuales o aisladas. Se explican en razón de la preocupación cardinal del constituyente por las personas, y se enmarcan en la consiguiente afirmación rotunda de sus derechos y libertades, en el afán de darles efectiva protección y en las consideraciones que inspiraron su diseño y disposición dentro del aparato estatal.
Las Constituciones anteriores siempre tuvieron sonoras declaraciones de derechos y libertades, al tiempo que instituyeron una variada serie de instrumentos para su protección. Pero tanto esos derechos como esos instrumentos se consagraron y estructuraron con criterio individualista. Cada uno era singularmente titular de los suyos y tenía que procurar y tramitar por sus propios medios su funcionamiento. Por supuesto, había unos jueces a quienes podía acudirse en demanda del amparo jurídico que el Estado les debe a sus ciudadanos. En todo caso y en pocas palabras, cada uno era dueño de sus derechos, pero tenía sobre sí la carga de agenciar su protección, suponiendo que contara con los recursos necesarios para hacerlo.
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Ello explica que las anotadas ideas que precedieron e inspiraron la Constitución de 1991 hubieran traído consigo, además de una renovada y amplísima Carta de derechos y de un eficaz conjunto de garantías, la propuesta de incluir entre las funciones del Estado el apalancamiento de los derechos de la gente, y en especial de los de quienes necesitan apoyo, instituyendo una figura tomada del ombudsman sueco.
Se trataba de establecer una autoridad suficientemente empoderada, a la que pudiera confiársele la misión de abanderar la causa de todos los derechos de todas las personas, a base de propender, ante todos y frente a todos, su conocimiento, promoción, realización, defensa y reivindicación.
El quid del asunto era doble: por una parte estaba en “la causa de todos los derechos de todas las personas”, y por la otra, en “ante todos y frente a todos”. Por lo tanto, debía ser una autoridad que en realidad tuviera eso, autoridad; además de voz y capacidad; que fuera respetable, confiable, comprometida, independiente, imparcial y ajena a la política partidista. Una autoridad concebida, estructurada, orientada y conducida con visión democrática, en el más amplio sentido de la palabra.
Así lo dijo, en la exposición que acompañó el proyecto que presentó en su momento el gobierno nacional, el presidente César Gaviria: “En el mundo, el ‘ombudsman’ es lo que (sic) distingue un Estado o sistema democrático de uno totalitario o autocrático. Únicamente la estructura de un Estado democrático puede soportar tal institución. Un Estado totalitario rechazaría de plano un control del poder y una participación como la que representa esta institución”.
Con esos propósitos se crearon entonces las autoridades del defensor del pueblo y de la Defensoría del Pueblo. Inicialmente, adscritas al Ministerio Público y subordinadas, dentro de este, al procurador general de la Nación. Se quería con ello, de una parte, incorporarlas a uno de los organismos de control que explícitamente se instituyeron por fuera de las tres ramas del poder público, dado que sus tareas implican el examen y vigilancia de algunas de las de estas; y de otra, de construir un Ministerio Público integrado, robusto y monolítico. Veinticuatro años más tarde, en 2015, una reforma constitucional eliminó la subordinación al procurador y, con buen criterio, pasó a izar su autonomía, conservando en todo caso su adscripción al Ministerio Público.
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Un ministerio que en buena hora no depende ya del Ejecutivo, –en lo suyo, de la mano de la Defensoría del Pueblo que hoy exaltamos– con dedicación, con mística, con suficiencia y con resultados tangibles.
*Abogado, exministro de Justicia y de Defensa.