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Superfinanciera lanzó programa de acompañamiento a deudores

El superintendente financiero creó el Programa de Acompañamiento a Deudores por la crisis (PAD), para darle continuidad a los programas de apoyo tanto al adecuado funcionamiento del sistema financiero como a los deudores, en medio de las ayudas que se han lanzado como los periodos de gracia para los créditos y tarjetas de crédito.

1 de julio de 2020

El programa aplicará medidas focalizadas y estructurales para los deudores afectados por la coyuntura de la covid-19, según el análisis que realice cada entidad, en las que reconozcan la nueva realidad económica del deudor y le permita continuar con la atención de las obligaciones existentes durante la vida del crédito.  

Esto incluye medidas para la originación y la calificación por nivel de riesgo para las micro, pequeñas, medianas y demás empresas que se encuentren o lleguen a estar en procesos de reorganización. 

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Adicionalmente, los establecimientos de crédito deberán implementar el programa para los deudores que han visto afectados sus ingresos y como mínimo deberán tener en cuenta:  

- La reducción en el valor de la cuota.  

- No se podrá aumentar la tasa de interés inicialmente pactada.  

- Podrán otorgarse nuevos períodos de gracia sin la posibilidad de capitalización de intereses y sin cobrar intereses por otros conceptos que se difieran como cuotas de manejo y seguros. 

De acuerdo con la Superfinanciera, en los créditos comerciales de medianas y grandes empresas,las características y resultados de la redefinición corresponderán a los acuerdos que hayan pactado con el establecimiento de crédito.  

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Puesto que gran parte de los períodos de gracia y prórrogas concedidas tienen sus vencimientos entre agosto y septiembre de este año, los bancos, las compañías de financiamiento, las corporaciones financieras y las cooperativas financieras podrán iniciar la aplicación del programa a partir del 1 de agosto de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.  

De esta manera, podrán continuar haciendo uso de los mecanismos establecidos en las circulares anteriormente mencionadas.  

De otra parte, para aplicar la redefinición de las condiciones de los créditos, los establecimientos podrán establecer una estrategia de autogestión del deudor y/o contactarlo directamente para presentarle, de forma sencilla, las nuevas condiciones de su deuda para su aceptación.  

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Además, los establecimientos de crédito deberán constituir una provisión general adicional basada en una estimación del potencial deterioro en la cartera de crédito asociado a los efectos de la coyuntura y, como un mecanismo agregado de cobertura, se les instruye para constituir en 2020 y 2021 provisiones adicionales con el fin de anticipar el riesgo de incumplimiento potencial.