Coronavirus
Adiós al tapabocas: Chile anuncia el fin de la medida a partir del 1 de octubre
Al igual que en Colombia, las autoridades chilenas explicaron los escenarios en los que el uso de este elemento aún es obligatorio, y en cuáles pasa a ser ‘recomendable’.
Con el pasar de los meses y en el marco de una situación sanitaria, Chile le dirá adiós al tapabocas, después de dos años y cinco meses de la imposición de su uso, como medida sanitaria adoptada en el marco de la pandemia de coronavirus, que dejó en el mundo millones de personas fallecidas.
El anuncio fue hecho el pasado miércoles por las autoridades sanitarias de ese país, más precisamente el Ministerio de Salud, entidad que reveló que el levantamiento total de la medida, comenzará a operar a partir del próximo primero de octubre, en lo que será una nueva etapa de la denominada ‘nueva normalidad’, en la que ya han venido avanzando otros países en el mundo, entre los que se cuenta Colombia, donde el uso de tapabocas aún es recomendable al interior del servicio público.
En el marco de su anuncio, el Ministerio de Salud de Chile precisó que desde el primero de octubre comenzarán a regir nuevas normativas, en lo que se refiere a las medidas de autocuidado frente a la pandemia que aún se encuentra vigente, y que ha comenzado a ser controlada gracias al avance de los procesos de vacunación en los diferentes países.
Así, según lo anunció la ministra de Salud de Chile, Ximena Aguilera, se levanta oficialmente el uso del tapabocas, al igual que la estricta presentación del llamado pasaporte o pase de movilidad sanitario.
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En ese mismo contexto, la cabeza del Ministerio de Salud de Chile precisó que, desde la entidad, se viene adelantando un nuevo agendamiento de las personas consideradas en riesgo, y los grupos etarios con mayor peligro en caso de adquirir la enfermedad, a quienes se les programará dentro de una nueva etapa de vacunación, o refuerzo de estas.
De acuerdo con Aguilera, si bien el uso obligatorio de la mascarilla se ha levantado, desde las autoridades sanitarias se ha abogado para que este pueda seguir estando vigente en espacios hospitalarios, más aún cuando se acuda a dichos escenarios, presentando sintomatología asociada a afecciones respiratorias.
En ese caso, según el Ministerio, también se hace obligatoria para aquellas personas que se encuentren en entorno donde alguno de los presentes manifieste tener dichas afecciones.
A manera de recomendación, la ministra de Salud de Chile también refirió escenarios en los que, si bien el uso de la mascarilla no es obligatorio, sí se hace recomendable.
Frente al particular, Aguilera ha señalado los escenarios de aglomeraciones masivas, citando, al igual que en Colombia, el caso de los transportes públicos.
La ministra recordó que Chile adoptó de manera temprana el uso de los mecanismos de autoprotección ante el estallido de la enfermedad en 2020, momento en que, aproximadamente, en el mes de abril de ese año, se impuso la medida de uso obligatorio del tapabocas, como estrategia para mitigar la expansión del virus. En el caso de los escenarios al aire libre, el uso del tapabocas ya había comenzado a ser opcional a partir del pasado mes de abril.
Sobre el uso del tapabocas, recientemente Chile aprobó una ley, en la que, en procura de la protección medioambiental, y para mitigar riesgos sanitarios, se impuso un marco sancionatorio, que tiene como objetivo castigar a aquellas personas que no toman las debidas precauciones en el proceso de deshacerse de los elementos de bioseguridad, tales como tapabocas y guantes de látex.
La anterior medida teniendo en cuenta que, al no existir un debido tratamiento de los desechos sanitarios, estos muchas veces terminan abandonados en la vía pública.
Sobre las multas previstas en Chile por el inadecuado manejo de los desechos sanitarios, el esquema sancionatorio establece pagos de entre una y veinte unidades tributarias mensuales, aclarando que la multa que se impone estará determinada por los antecedentes de las personas sancionadas, la gravedad de la falta o cantidad de elementos abandonados de manera incorrecta, y la capacidad económica del sancionado.
En ese sentido, las multas podrían ser superiores al millón de pesos chilenos, lo que se traduce a unas multas cercanas a los cinco millones de pesos colombianos.
Sobre la destinación de los recursos que se logren captar por concepto de las multas por eliminación indebida de estos elementos de protección sanitaria, el legislativo estableció que estos dineros irán en beneficio municipal, es decir, que quedarán a disposición de cada unidad territorial.
Sobre la imposición de la multa, el proyecto aprobado establece que esta deberá ser aplicada por el juzgado de policía local en donde se presente la falta, y estará mediada por las condiciones antes descritas del infractor, y la dimensión de la falta.
La normativa aprobada también señala que se debe poner la lupa sobre la forma en la que personas (o los encargados de ellas), que padecen enfermedades infectocontagiosas, están eliminando su material sanitario, advirtiendo que estas situaciones ya están reguladas en el marco legal del país, más precisamente por el Ministerio de Salud, recordando que el desconocimiento de las normas no es razón para la omisión ni mucho menos para el perdón de las responsabilidades penales a que ello corresponda.
De acuerdo con el más reciente reporte de las autoridades sanitarias, en Chile han fallecido 61.017 personas por cuenta del covid, en lo corrido de la pandemia.