Bancos

¡Pilas! Que no le estén cobrando cuota de manejo, si cumple estos requisitos

Desde julio de 2016 empezó a regir la ley de costos financieros que usted debe conocer para favorecer su bolsillo. Finanzas Personales le explica cuáles son los derechos que lo protegen.

Adriana Montoya
21 de septiembre de 2016
| Foto: ingimege

Ya se encuentra vigente la ley 1793 de 2016 que fue liderada por el representante David Barguil, por medio de la cual se dictan normas en materia de costos de los servicios financieros, la cual beneficiará a 21 millones de colombianos que tienen más de 55 millones de cuentas de ahorro en los bancos de todo el país.

Esta norma beneficia a los usuarios de cuentas de ahorros o depósitos electrónicos por cuanto reglamenta el tema de intereses a los que tienen derecho los clientes, la exoneración de cuota de manejo y el poder disponer de todo su dinero.

Dentro de los tres beneficios que contempla, el primero faculta a todo usuario que tiene una cuenta de ahorros para disponer de la totalidad del dinero que tenga sin necesidad de dejar un mínimo de $10.000 o más como se exigía para poder cubrir cuota de manejo y otros gastos administrativos.

FP le recomienda: Estos son los bancos que más canas les sacan a los colombianos

El segundo beneficio, lo exime de pagar cuota de manejo cuando la cuenta ha estado inactiva por más de 60 días,  además este artículo, lo cubre de que el banco le haga cobros retroactivos por este ítem, una vez usted después de ese tiempo haga movimientos.

Este beneficio es un alivio para su bolsillo porque el banco que menos cuota cobra maneja una suma de $7.000 pero hay otros que van hasta $10.500. Ahora si cumple el tiempo de inactiva su cuenta, no solo no podrán cobrarle ese valor, sino tendrán que pagarle rentabilidad por los depósitos que tiene.

El tercer y más atractivo beneficio que trae esta nueva ley, es que los bancos tendrán que pagarles a los colombianos una tasa de interés por rentabilidad de los ahorros que se tengan, sin importar el monto.

Anteriormente, las cuentas de ahorro generaban cero rentabilidad y las que tenían depósitos de hasta 5 salarios mínimos reportaban rentabilidades menores a $100 en la mayoría de los casos. Ahora, las entidades autorizadas para captar recursos del público están en la obligación de reconocer a sus usuarios una tasa de interés remuneratoria mínima en todas las cuentas de ahorro, sin importar el nivel de depósito.

David Barguil señaló que “las medidas son para defender el bolsillo de los colombianos, y generar equilibrio entre los usuarios y el sistema financiero y bancario del país”.

Tenga en cuenta:

  1. Aplica para todas las entidades bancarias autorizadas para captar recursos del público.
  2. Los beneficiarios son usuarios de cuentas de ahorro y/o depósitos electrónicos
  3. A partir de la fecha usted podrá disponer de todo el dinero que tiene depositado en su cuenta de ahorros o depósitos electrónicos, sin tener la obligación de mantener un saldo mínimo.
  4. Si el cajero electrónico por los múltiplos le impide sacar una suma de dinero, usted está en todo su derecho de retirar la totalidad de su depósito en las cajas de la entidad bancaria sin que incurra en costos adicionales.
  5. Si su cuenta está inactiva por más de 60 días, no podrán cobrarle cuota de manejo y si usted después de ese tiempo vuelve a tener movimientos, no podrán hacer cobros retroactivos
  6. Se considerará como inactividad la no realización de alguna operación en la cuenta de ahorros. Ej: depósito, retiro, transferencia o en general cualquier débito o crédito. No aplica para créditos o débitos que la institución financiera realice con el fin de abonar intereses o cobrar costos financieros y/o transaccionales.
  7. Los bancos están obligados a reconocerle una tasa de interés remuneratoria mínima en todas las cuentas de ahorro, para cualquier nivel de depósito.  
  8. Esta ley no es retroactiva por lo tanto cobros empezarán a contar a partir de la expedición de la ley y aplica de la misma forma para las cuentas inactivas.

También le puede interesar: Así se reversa una compra electrónica que no se efectuó

¿Qué puede hacer si los bancos no cumplen con esta ley?

Usted puede denunciar a su banco por no acatar la legislación que derogó cualquier otra norma que le fuera contraria en:

  • Defensordetubolsillo.com
  • La Superintendencia Financiera para recibir peticiones, quejas y reclamos relacionados con el servicio financiero.