CULTURA
Por pandemia, Cine Colombia cerrará una de sus salas más modernas en Bogotá
Las compañías de cine fueron de las primeras en cerrar y hasta ahora se empiezan a conocer los protocolos para su reapertura,
Uno de los sectores que tuvo que resistir ante la demoledora crisis económica que dejó a su paso la pandemia fue la industria del cine y el entretenimiento, pues dadas las condiciones de cuidado y la prohibición de aglomeraciones, las compañías tuvieron que cerrar sus puertas a todos los amantes de la gran pantalla.
La actividad de exhibición de cine fue una de las primeras en cerrar y hasta ahora empiezan a conocerse los protocolos para su reapertura, sin embargo, el panorama no es claro.
A mediados de marzo de 2020 y como consecuencia de la pandemia, Cine Colombia decidió cerrar todas sus salas de cine en el país, incluso antes de las decisiones del Gobierno nacional y de las autoridades locales de decretar las cuarentenas y aislamientos obligatorios para contener la expansión de la covid 19.
Debido a la crisis, una de las principales salas de Cine Colombia, el Multiplex El Edén, ubicado en el centro comercial del mismo nombre en Bogotá tuvo que cerrar. En esta sala se invirtió cerca de $30.000 millones.
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Cine Colombia indicó que habló con los representantes del Centro comercial El Edén y propietario del inmueble para buscar una solución económicamente viable que permitiera continuar con el arrendamiento en medio de esta situación tan compleja, sin embargo, no hubo un acuerdo satisfactorio para ambas partes.
En el mes de julio de 2020, Cine Colombia, amparándose en el Decreto 797 de 2020, notificó al arrendador que el contrato terminaba el 31 de julio de 2020, pagando un tercio de la cláusula penal, equivalente a $3.666 millones.
Por el momento, la compañía está a la espera de que la administración del Edén autorice el retiro de los bienes de su propiedad para entregar el inmueble completamente desocupado al arrendador.
Por su parte, el Ministerio de Salud expidió este viernes el protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión de la covid-19 en salas de cine, teatros, autocines y autoeventos y dentro de los cambios está la disposición de sillas y grupos de personas, así como el manejo de alimentos.
“Los grupos familiares o de personas que residan en la misma vivienda podrán utilizar máximo cuatro sillas o espacios continuos, guardando el distanciamiento de dos metros con otros grupos de espectadores y asistentes”, dijo la directora de Promoción y Prevención, Claudia Cuéllar.
Para los servicios de alimentos y bebidas, el protocolo de bioseguridad autoriza la venta presencial, además de la virtual, conservando el distanciamiento físico de dos metros entre personas.
Asimismo, los alimentos y bebidas comprados por los asistentes se deben entregar empacados, de tal manera que no estén expuestos mientras las personas transitan hacia su ubicación.
Abecé de la reapertura de cines y teatros en Bogotá
La norma que permite la reapertura, el Decreto Distrital 207 del 21 de septiembre de 2020, permite el funcionamiento de estos espacios, sujetos a las restricciones dispuestas por las Resoluciones 1408 y 1462 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, lo que establece un aforo máximo de 50 personas y la garantía para público y empleados de un adecuado distanciamiento físico.
Además, el decreto establece que estos lugares deberán indicar de manera visible al ingreso de sus instalaciones el aforo máximo permitido.
Asimismo, la norma determina que las empresas y organizaciones culturales y creativas que presten servicios no esenciales deberán establecer horarios de atención después de las 10:00 a. m. Y aquellas que realicen manufactura de bienes no esenciales deberán establecer horarios de ingreso entre las 10:00 a. m. y las 5:00 p. m.
En materia de bioseguridad, teatros y cines deben garantizar al interior de sus instalaciones todos los protocolos de bioseguridad que exigen las autoridades sanitarias: que los trabajadores cuenten con tapabocas, acceso a lavado de manos con agua y jabón al menos cada tres horas y acceso permanente en el lugar de trabajo de alcohol en gel, mínimo al 60 por ciento y máximo al 95 por ciento, con registro sanitario para la higienización de manos.