Subsidios

Subsidio complementario de vivienda en Bogotá | ¿Cuáles son los requisitos y cómo acceder al beneficio?

Este subsidio va en línea con el programa del Gobierno nacional ‘Mi Casa Ya’, que facilita la obtención de vivienda a la población vulnerable.

4 de agosto de 2021
Si los ingresos de su hogar no superan los 4SMLV y no cuenta con una vivienda propia, podría adquirir este subsidio. | Foto: Ingimage

El subsidio complementario es una subvención entregada por la Secretaría Distrital del Hábitat por medio de las entidades bancarias para que las poblaciones en condiciones de pobreza o pobreza extrema tengan la oportunidad de adquirir una vivienda, bien sea de Interés Social (VIS), inferior a 150 SMMLV ($136.278.900) o de Interés Prioritario (VIP) cuyo valor no supere los 90 SMMLV ($81.767.340). Este ingreso se suma al subsidio de vivienda otorgado por el gobierno nacional Mi Casa Ya y también con los subsidios de las cajas de compensación familiar.

SEMANA le cuenta lo que necesita saber si le interesa acceder a este beneficio.

A los hogares que tengan ingresos de máximo 2 SMMLV ($1.817.052)

  • El subsidio complementario del distrito será de 10 SMMLV ($9.085.260)
  • El subsidio de vivienda complementario del Distrito más el subsidio Mi Casa Ya rondará los 40 SMMLV (30 de la Nación y 10 del Distrito), lo que representan $36.341.040.
  • Los hogares que devenguen menos de 2 SMMLV ($1.817.052) y poseen un amparo otorgado por la Caja de Compensación, lo pueden sumar al del Distrito y al de Mi Casa Ya y lograr obtener un subsidio de hasta 60 SMMLV, es decir, de $54.511.560

Hogares con ingresos entre 2 SMMLV y los 4 SMMLV ($3.634.104)

  • El amparo complementario otorgado por el la administración distrital podrá rondar los 8 SMMLV ($7.268.208).
  • El subsidio al que podrán acceder los hogares con este rango de ingresos será de alrededor 28 SMMLV (20 Nación y 8 Distrito) lo que refleja $25.438.728.
Dependiendo de los ingresos mensuales del hogar, el valor del subsidio puede variar.

Para las madres cabeza de hogar

La Secretaría del Hábitat tiene una serie de aportes puntuales en caso de que el hogar esté liderado por una mujer.

  • Los hogares cuya jefatura recaiga sobre una mujer y cuente con ingresos iguales o inferiores a 2 SMMLV ($1.817.052) que no sean beneficiarios de subsidios de las Cajas de Compensación Familiar, podrían recibir una ayuda económica de hasta 30 SMMLV ($27.255.780*) como parte del subsidio distrital a sumarlo con el que otorga Gobierno Nacional mediante el programa Mi Casa Ya, que es de 30 SMMLV. Esto daría como resultado un subsidio de aproximadamente 60 SMMLV ($54.511.560), cuyos cálculos de realizan una vez se realiza la solicitud de asignación.
  • Por otro lado, si el hogar conformado por una madre cabeza de familia tiene ingresos de hasta 2 SMMLV, pero sí cuente subsidios otorgados por Cajas de Compensación Familiar, podrán beneficiarse adicionalmente con un aporte del Gobierno Distrital de hasta 20 SMMLV ($18.170.520) y otro adicional, otorgado por el Gobierno Nacional 20 SMMLV ($18.170.520) y el de 30 SMMLV asignado por la Caja de Compensación, lo que se puede traducir en un subsidio por un valor total de 70 SMMLV ($63.596.820), cálculos que se realizarán en el instante en que se haga efectiva la solicitud de asignación.
  • Los hogares cuya familia sea encabezada por una mujer y cuenten con ingresos que ronden entre 2 SMMLV y 4 SMMLV ($3.634.104) podrán ser beneficiarios de un subsidio otorgado por el Distrito igual o inferior a 10 SMMLV ($9.085.260) y otro del programa Mi Casa Ya por un monto cercano a 20 SMMLV ($18.170.520). Al momento de realizar la solicitud de obtención del subsidio, se puede calcular una cifra de hasta 30 SMMLV ($27.255.780).

Requisitos

Si bien la idea es facilitarle a la población vulnerable el acceso a una vivienda digna, existe una serie de ítems que se deben cumplir para poder aplicar a este subsidio.

  • Contar con un ingreso mensual máximo de 4SMLV o $3.634.104.
  • No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.
  • No haber sido beneficiario de las coberturas de tasa de interés.
  • Buscar acceder, por medio de operaciones de crédito hipotecario o leasing habitacional, a una Vivienda de Interés Prioritario (VIP) que no exceda los 90 SMMLV o de Interés Social (VIS) que no exceda los 150 SMMLV.
  • No estar reportado en las centrales de riesgo.
Es importante cumplir con todos los requisitos para poder acceder al subsidio otorgado por el Distrito.

Y si cumplo con los requisitos, ¿cómo accedo al subsidio?

En caso de que el aspirante al beneficio cumpla con los requerimientos previamente mencionados, así es como debe proceder.

  1. Dirigirse la sala de ventas del proyecto VIS o VIP que le genere interés.
  2. Solicitar preaprobación de un crédito hipotecario de vivienda.
  3. Informarle al asesor que desea aplicar al subsidio nacional de Mi Casa Ya y al Subsidio Complementario Distrital.
  4. Informar si cuenta con subsidio de la caja de compensación familiar.
  5. Una vez finalizada la revisión y el asesor se cerciore de que todo está en regla, será posible para el aspirante separar la vivienda.

Si desea profundizar la información brindada, diríjase al portal de la Secretaría de Hábitat de Bogotá.

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