AL QUE TRASNOCHA...

A marchas forzadas el Congreso deja prácticamente lista la reforma tributaria

12 de enero de 1987

La escena en la Plaza de Bolívar el viernes pasado al filo de la medianoche era tan insólita, que los escasos transeúntes que se aventuraron a pasar por allí bajo la mirada de la estatua del Libertador, no podían reprimir una exclamación de sorpresa al ver tanto carro estacionado frente al Capitolio Nacional. ¿Algún desperfecto mecánico colectivo? Nada de eso. Sencillamente, el Senado continuaba en sesión plenaria. Son pocos realmente los motivos que obligan al Congreso a prolongar sus deliberaciones más de lo necesario. Y en este caso la trasnochada estaba plenamente justificada. En una de las carreras contra el tiempo más angustiosas de las que se tenga memoria, el Parlamento estaba adelantando los trámites finales para lograr que esta semana el proyecto de reforma tributaria presentado hace unos 45 días por el gobierno, quede listo para convertirse en ley de la República.

Cambios al original
Al cabo de agotadoras sesiones en las que el liberalismo hizo valer sus mayorías para sortear diferentes obstáculos, el miércoles pasado se llegó por fin a un texto que recogió buena parte de los comentarios que se le hicieron a la primera iniciativa y a las modificaciones propuestas por el ponente del proyecto, el senador liberal Víctor Renán Barco. El resultado acabó siendo básicamente el mismo de un comienzo con la diferencia de que se marltuvieron ciertas exenciones y deducciones cuya eliminación habría sido impopular. Como es de suponer, el articulado final no fue del agrado de los puristas, pero en términos generales acabó satisfaciendo a sus defensores. "No es el ideal, pero es lo que es viable políticamente", señaló el senador Barco. "No es el esquema deseable, pero se avanzó", agregó el senador del Nuevo Liberalismo, Gabriel Rosas. "Las modificaciones fueron buenas en general, se corrigieron los puntos sobre los cuales había inquietud y la estructura de la propuesta del gobierno se conserva", puntualizó el director de Impuestos, Santiago Pardo. "Las partes cardinales del original se mantienen", dijo el experto Alejandro Lewin. Por tanto, si nada imprevisto se presenta, a partir del próximo primero de enero los colombianos comenzarán el año con nuevas condiciones en materia de impuestos. En sus 108 artículos la reforma tributaria toca una serie de puntos con el objetivo global de simplificar los procedimientos, buscando al tiempo que los recaudos se mantengan y que las cargas se distribuyan en forma más equitativa entre los diferentes grupos de contribuyentes.
Para cónseguir esas metas, la iniciativa se asienta en varios pilares. El más llamativo de todos consiste en la unificación de las tasas de impuesto para las sociedades, sumada al desmonte de la doble tributación y la rebaja sustancial en las tarifas para las personas naturales. Las cifras gubernamentales sostienen que cerca de un millón y medio de personas quedarían sin pagar impuesto de renta con la aplicación de la reforma. Adicionalmente se incluyen normas en materia de nuevas retenciones en la fuente o aumento de las existentes, de cambio al tratamiento a los intereses recibidos y pagados, de nuevos contribuyentes y de amnistía para los evasores, para nombrar sólo algunos puntos.
Como es de suponer, el cambio es tan radical que a pesar de que el tema se ha ventilado mucho en las últimas semanas, no existe realmente gran seguridad sobre lo que pueda pasar. La única excepción notoria la constituye el conservatismo. Aparte de haberse opuesto al proyecto en el Congreso, el partido ha repetido a los cuatro vientos que la reforma es inconveniente e innecesaria, y va a crear muchos dolores de cabeza.
Por ahora, sin embargo, sigue abierta la discusión sobre quiénes son los que van a tener que tomarse las aspirinas. Mientras los conservadores insisten en que a todo el país le va a dar jaqueca, la gente del gobierno sostiene que eso no es así y que, por el contrario, se están colocando las bases para que con un sistema más sencillo y equitativo se creen las condiciones para que mejore el nivel de vida de los colombianos.

Traje a la medida
Sea como sea, lo cierto es que en este tema hay que recordar la frase de Alberto Lleras, quien decía que en cuestión de reformas tributarias "cada cual se la mide como un vestido".
Por ahora, los especialistas sostienen que este le va a quedar especialmente estrecho a una buena parte del sector público colombiano. En efecto, la inclusión de entidades como Ecopetrol y Telecom dentro del universo de nuevos contribuyentes, constituye un cambio radical que va a cambiar la composición de los recaudos del gobierno. Con la nueva ley se calcula que los contribuyentes privados van a pagar unos 35 mil millones de pesos menos en impuestos, suma que será asumida por las entidades citadas y por las empresas de economía mixta.
Dentro del sector privado se asegura que las grandes perdedoras son las empresas que se van a resentir por el cambio en las normas sobre deducción por intereses pagados. Como se recordará, la reforma plantea que sólo será deducible la parte de los intereses que exceda la inflación anual. El "componente inflacionario" de los pagos financieros no podrá ser deducido tomando como base un esquema gradual de desmonte que termina en 1995. El cambio en las reglas de juego es especialmente angustioso para buena parte del sector productivo colombiano que se había acostumbrado a mantener altos índices de endeudamiento. Las simulaciones que se han hecho demuestran que, aun con la rebaja en las tasas del impuesto a la renta, a partir del tercer o cuarto año de vigencia de la reforma las sociedades anónimas pagarían más impuestos que ahora. El caso sería especialmente angustioso para las compañías que están tratando de recuperarse de crisis anteriores y que no pueden disminuir notoriamente su endeudamiento debido a las características de su negocio.
El gobierno sostiene a su vez que todo el esquema se enfoca a estimular a las empresas para que utilicen en mayor proporción, los fondos propios como fuente de financiación. Aunque se reconoce que con el índice actual de endeudamiento el resultado sería negativo, se insiste en que si este se disminuye gradualmente a niveles razonables, la reforma sigue siendo favorable.
Por otra parte, se afirma que los beneficiados son los contribuyentes comunes y corrientes que se van a ver favorecidos por la rebaja en las tasas. Dentro de este grupo, los grandes ganadores van a ser, sin duda, aquellos que van a dejar de pagar impuestos, así como la gente de mayores recursos que pasa de una tarifa marginal del 49% a una del 30%. Los resultados para los de la mitad, son mezclados y a la larga los expertos opinan que con la eliminación gradual del descuento sobre pago de deudas en UPAC, el resultado no será del todo favorable.
Pero aparte de sus efectos esperados, en torno a la reforma queda todavía un sentimiento de incertidumbre. En los artículos se faculta al gobierno para elevar o imponer retenciones en la fuente sobre diversas actividades. Según el Ministerio de Hacienda, el manejo de las retenciones es un elemento clave para el control de la evasión, así como un tributo muy fácil de administrar. Es por esa razón que no es de extrañar que esta es la medida compensatoria más importante para evitar que caigan los recaudos.
Otra de las dudas que existe tiene que ver con el uso de las facultades extraordinarias que se le conceden al Presidente para expedir una serie de normas sobre impuestos. En opinión de los especialistas, las facultades son tan amplias que cuando se haga uso de ellas se estará haciendo en realidad una nueva reforma tributaria.
Pero aparte de los efectos económicos, el tránsito de la reforma tiene serias implicaciones políticas. En primer lugar, equivale al gol de la honrilla del gobierno en una legislatura en la que prácticamente todos sus proyectos estrellas naufragaron. Sin embargo, y tal vez más importante a mediano plazo, la discusión del proyecto tributario fue definitiva para que por primera vez en el año, el liberalismo se comportara como partido de gobierno, así varios de sus miembros no compartieran la idea de la reforma. Las aristas que hacían incómoda la relación entre miembros del equipo económico y del Congreso, fueron limadas y la voluntad de la administración de acoger las críticas e introducir los cambios del caso, se interpretó como ejemplo del nuevo clima que existe. Adicionalmente, fue llamativo el ambiente entre el liberalismo oficialista y el Nuevo Liberalismo, cuyos aportes a la iniciativa fueron considerados por los observadores como la evidencia de una eventual unión. En el otro extremo, se destacó el comportamiento de los conservadores. En opinión de los expertos en el tema parlamentario, el debate se adelantó con altura y los reparos de la oposición demostraron que el asunto había sido estudiado concienzudamente. No obstante, los conservadores lamentaron que la discusión no se hubiera adelantado por falta de tiempo, y simultáneamente renovaron sus críticas a la manera como pasó la idea. Tal como dijo el senador Rodrigo Marín, "es deplorable que una reforma tributaria sea el resultado de una ciega disciplina del partido de gobierno".

Y así quedó
En cualquier caso, la leforma tributaria seguirá dando qué hablar. Por considerarlo de interés, SEMANA presenta los aspectos más importantes de la iniciativa:
--Sociedades anónimas: tarifa del 30% a partir del año gravable 1989. En el intermedio la tarifa será del 33%, 32% y 31% para los años gravables 1986, 1987 y 1988, respectivamente. (Actualmente la tarifa se encuentra en 40%). En el caso de los socios, los dividendos quedan exentos de impuesto.
--Sociedades limitadas: la tarifa pasa del 18% al 30% sobre la renta gravable, pero al mismo tiempo se elimina el impuesto que hoy en día pagan los socios sobre las utilidades distribuidas o retenidas, en lo que se conoce como el desmonte de la doble tributación.

--Personas naturales: reducción tanto en las tarifas del impuesto a la renta, como en las tablas de retención en la fuente. Los empleados con salario mensual inferior a 92 mil pesos quedan exentos de retención, así como los declarantes con rentas inferiores a un millón de pesos al año no pagarán impuesto. Se establece una tarifa marginal tope del 30% (frente a 49% de hoy en día) para los contribuyentes de ingresos superiores a 4 millones de pesos al año. Se mantiene la exención sobre las cesantías para sueldos por debajo de los 300 mil pesos al mes. Para las cesantías correspondientes a sueldos entre 300 mil y 550 mil pesos al mes, se establece un gravamen progresivo, calculado con base en las tablas de retención en la fuente.

--Retenciones en la fuente: se faculta al gobierno para establecer retenciones en la fuente sobre diferentes actividades, con un tope del 3% sobre el valor de la transacción. Aunque todavía no se han tomado las medidas del caso, el gobierno ha hablado en forma preliminar de variar las siguientes retenciones:

·Por compras del 0.5% al 1%
·Por honorarios y comisiones del 5% al 7%
·Por loterías del 10% al 20%
·Por intereses del 6% al 7%
·Por servicios del 2% al 4%
·Por arrendamientos del 2% al 3%
Igualmente, el Congreso colocó un tope del 1% para las retenciones que el gobierno quiera imponer sobre enajenación de bienes inmuebles. En caso de que un contribuyente sea declarante, la reforma contempla que el pago de retenciones equivalga a un impuesto de renta y si se demuestra que existe un saldo a favor del contribuyente, éste puede pedir la devolución de dicho saldo o abonarlo al pago siguiente de impuesto de renta.

--Doble tributación: quedan exentos de impuesto de renta los dividendos o participaciones recibidos por socios o accionistas.
--Rendimientos financieros: queda exenta de impuestos la parte de los rendimientos financieros que corresponda a la inflación anual determinada por el DANE. En el caso de las personas naturales, la exención es total a partir del año gravable 1986. En el de las empresas, esta será parcial comenzando con un 10% del componente, sobre las rentas recibidas este año, hasta llegar a un 100% del mismo en 1995.
--Gastos financieros: se elimina gradualmente la posibilidad de deducir el componente inflacionario de los intereses y costos financieros pagados, incluyendo el ajuste cambiario por devaluación del peso. Al igual que en el caso anterior, para las empresas la pérdida de la posibilidad de deducir el componente inflacionario, se asumirá paulatinamente, comenzando con un 10% del mismo sobre lo pagado este año, hasta llegar al 100% en 1995.
--Deudas en UPAC: se mantiene la deducción por intereses y corrección monetaria pagados, hasta un tope de un millón de pesos al año. La deducción no será reajustada y sólo se mantendrá para los préstamos concedidos antes del 1° de enero de 1987.
--Nuevos contribuyentes: los fondos de inversión y de valores quedan asimilados a sociedades anónimas.
Las cajas de compensación, los fondos mutuos de inversión, de empleados, de pensiones de jubilación e invalidez y las asociaciones gremiales, entran a tributar sobre los ingresos provenientes de actividades industriales y de mercadeo. La Caja Social de Ahorro, la FES y Finsocial, quedan pagando --al igual que el grupo anterior-- una tarifa del 20% por concepto de impuesto de renta. Las sociedades de economía mixta y Telecom quedan reguladas por el régimen para las sociedades anónimas. Ecopetrol se atiene a unas condiciones especiales coordinadas por el Consejo Nacional de Política Económica y Social y entregará hasta el 20% de las regalías que reciba en desarrollo de los contratos de asociación, así como el 20% de sus utilidades comerciales, al Estado colombiano.
--Rentas exentas: las indemnizaciones por accidente de trabajo o enfermedad, por maternidad y lo recibido por gastos de entierro. Los primeros 170 mil mensuales por concepto de pensiones de jubilación. Las cesantías para salarios mensuales de menos de 300 mil pesos quedan totalmente exentas y las cesantías correspondientes a salarios mensuales entre 300 mil y 550 mil pesos quedan parcialmente exentas.
--Empleados oficiales: quedan exentos los gastos de representación que reciban los empleados más altos de las ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial, tanto a nivel nacional como regional y municipal.
--Fuerzas Militares y de Policía: se conserva la exención sobre el seguro y compensaciones por muerte, así como sobre la parte que exceda el salario básico de los miembros del Ejército y la Policía Nacional.
--Amnistías: los contribuyentes podrán incluir en su próxima declaración de renta, bienes que no hayan declarado hasta el momento, sin sufrir multa alguna por ello. Entre los bienes se incluyen los inmuebles, las acciones, los depósitos en entidades financieras, los bonos, los préstamos, los activos fijos y el dinero en efectivo. Por otra parte se establecen varios mecanismos para que los juicios existentes entre los contribuyentes y el fisco se transen lo más rápido posible.
--Facultades extraordinarias: entre otras, el proyecto faculta al gobierno para dictar, antes del 31 de diciembre de 1987, normas concernientes al recaudo, control, cobro, determinación y discusión de los impuestos a nivel nacional; reformar la Dirección de Impuestos Nacionales; aumentar los salarios de los empleados públicos; establecer las normas para el ajuste por inflación en los estados financieros del contribuyente (en este último caso las facultades se extienden por dos años)y dictar medidas con miras a fortalecer la sociedad anónima, propiciar su apertura y estimular su democratización.