REBROTE
Colombia se prepara para rebrote, con prohibición de exportaciones esenciales
Proyecto de decreto del Ministerio de Comercio no dejaría vender productos necesarios para la emergencia por segunda ola de covid-19.
Algunos medicamentos y productos farmacéuticos, artículos de protección como guantes y prendas de vestir de bioseguridad, entre otros elementos que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo considera esenciales para atender la emergencia sanitaria por covid-19, si llegara a haber una segunda ola, están incluidos en un proyecto de decreto, que se podrá comentar en la página web de la cartera de Comercio, hasta el 21 de octubre.
La propuesta de decreto tiene una intención preventiva, pese a que en muchos países de Europa y Asia ya se habla de una segunda ola de contagios que tiene en alerta al mundo.
En Colombia, un rebrote está previsto para noviembre y diciembre, pero desde ya, parecen empezar los preparativos. En el caso del proyecto de decreto para prohibir exportaciones esenciales, el país busca un blindaje contra el riesgo de desabastecimiento, en caso de un incremento de la demanda de dichos productos para satisfacer las necesidades internas.
Ahora son menos productos
En el decreto se plantean 6 códigos que corresponden a los identificadores de los productos en las aduanas. Al verificarlos, están incluidos artículos esenciales que, en marzo pasado, también entraron en la misma condición de 'esenciales’, mediante el Decreto 462 expedido ese mes. En aquel momento, la prohibición recayó sobre 24 productos esenciales que fueron considerados como necesarios para prevenir y contener el contagio con coronavirus entre la población colombiana.
Alcohol, jabón, papel higiénico, guantes de uso médico o de atención, medicamentos para uso humano, desinfectantes, paños y toallas húmedas, gel antibacterial, tapabocas de varios tipos y equipos médicos estuvieron en ese momento entre los bienes que fueron blindados: no se podían exportar durante los siguientes 6 meses.
En la Constitución Política de Colombia está claramente señalado que, aunque se garantiza la propiedad privada y los derechos adquiridos (caso de empresas exportadoras), también es necesario anteponer el interés público por encima del particular.
Ahora, en la propuesta de decreto puesta a consideración de los colombianos por parte del Ministerio de Comercio, se deja abierta la puerta para que se pueda autorizar, en caso de que el abastecimiento interno sea suficiente, la exportación de los productos catalogados como esenciales. En todo caso, será el Ministerio, de la mano con la cartera de Salud, los que den los lineamientos para proceder.
Para efectos de aplicar la norma que está planteada en el proyecto de decreto, se incluye la creación de una mesa de diálogo y coordinación, la cual se encargará de decidir sobre las autorizaciones de exportación de los productos sometidos a la restricción, por su esencialidad.
En todo momento, las Superintendencias de Industria y Comercio, y la Nacional de Salud, se encargarán de monitorear la situación para evitar fenómenos de acaparamiento o distribución ineficiente, inequitativa e inadecuada de los productos que se incluyen en el proyecto de decreto.