MACROECONOMÍA
Colombianos con hijos ya tienen más deducciones en sus impuestos
En el sistema tributario colombiano actual, las personas asalariadas tienen deducciones para pagar el impuesto a la renta dependiendo de varios factores, uno de estos es el de tener dependientes (personas a cargo como los hijos).
Durante la instalación de la Comisión de Expertos Tributarios, el director de la Dian, José Andrés Romero, dijo que el país necesita revisar las deducciones tributarias que tienen los contribuyentes con el fin de hacer un sistema mucho más equitativo.
“Ese es otro tema que también tenemos que revisar armónicamente para que lleguemos a un sistema mucho más equitativo, más justo y que consulte la capacidad contributiva. Hay personas naturales que pueden ganar lo mismo, pero una persona natural puede tener dependientes (como hijos) y la otra no, por lo tanto la otra tendrá mayor capacidad contributiva”, dijo Romero.
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Algunos medios consideraron que con las declaraciones de Romero el Gobierno buscaba incrementar los impuestos a las personas que no tienen hijos. El director de la Dian le dijo a Dinero que sus palabras fueron malinterpretadas.
“Yo no dije que hay que incrementar los impuestos a los que no tienen hijos. Hoy en día ya hay una norma que da una deducción a quienes tienen hijos o dependientes. Dije que uno de los temas que se van a revisar en el sistema de personas naturales es que consulte la capacidad contributiva”, dijo Romero.
El funcionario especificó que aún no se tienen propuestas para incluir en lo que será la próxima reforma fiscal, sino que hay que esperar a las recomendaciones que da la Comisión de Expertos.
Revisando el sistema tributario actual en Colombia, las personas que tienen hijos ya tienen más deducciones en sus impuestos que aquellas que no los tienen. En otras palabras, los que no tienen hijos ya pagan más impuestos.
Para pagar el impuesto a la renta, las personas asalariadas tienen varios elementos que pueden deducir de sus tributos, uno de ellos es el de tener personas dependientes como hijos o adultos mayores.
“Si soy asalariado, tengo derecho a deducir lo que es la medicina prepagada, tengo derecho a deducir las personas a cargo, hasta los hijos, la seguridad social que he pagado, los intereses por préstamos para vivienda, entre otros, siempre y cuando todo sumado no supere el 40%”, dijo el representante a la Cámara por el partido Centro Democrático y experto en temas tributarios, Óscar Dario Pérez.
De acuerdo con el artículo 387 del Estatuto Tributario, las personas naturales que obtengan rentas de trabajo podrán deducir mensualmente hasta el 10 % de sus ingresos brutos por concepto de dependientes, sin exceder 32 Unidades de Valor Tributario mensuales.
“El trabajador podrá disminuir de su base de retención lo dispuesto en el inciso anterior; los pagos por salud, siempre que el valor a disminuir mensualmente en este último caso no supere 16 UVT mensuales; y una deducción mensual de hasta el 10% del total de los ingresos brutos provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria del respectivo mes por concepto de dependientes, hasta un máximo de 32 UVT mensuales”, dice el artículo 387 del Estatuto Tributario.
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Esto quiere decir que, si una pareja tiene dos hijos, cada uno de los padres puede descontar del impuesto de renta el 10% del total de los ingresos brutos mensuales siempre y cuando esta deducción no sea superior a los $1,09 millones al mes.
“Esta es una deducción que viene operando en economías internacionales como la de Estados Unidos y acá en Colombia ya está implementada desde hace rato”, dijo Nelson Vera, analista y exvicepresidente de Anif.
Teniendo en cuenta lo anterior, se puede decir que las personas con hijos pagan menos impuestos de renta pues tienen deducción por los dependientes, mientras que las personas sin hijos no tienen acceso a esta deducción, pero sí a las demás.