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¿Cómo funcionaría Redam?: el ‘datacrédito’ para cuota de alimentos

Aquellas personas que se encuentren en deuda con la cuota de alimentos tendrán que ponerse al día pronto para no tener problemas legales.

19 de febrero de 2021
Pesos colombianos. Getty Images.
Pesos colombianos. Getty Images. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Al resolver un control automático hecho sobre la ley expedida por el Congreso en 2019, la Corte Constitucional decidió darle vía libre al nuevo registro de aquellos deudores alimentarios que se encuentran en mora, llamado Redam.

Este registro se equipara a un ‘datacrédito’ y es el responsable de llevar la estadística de personas que deben varias cuotas de sus obligaciones en los procesos por alimentos.

¿De qué se trata Redam?

Esa ley tiene el fin de establecer medidas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias de padres a hijos, así como de las cuotas de los hijos y nietos hacia sus padres o abuelos, y crear el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), como mecanismo de control al incumplimiento de dichas responsabilidades.

El registro que se realiza en Redam se enfoca en una base de datos que es realizada por el Gobierno con los nombres de aquellos que están incumpliendo con dichas cuotas y presentan al menos tres meses de retraso en los pagos establecidos en sentencias ejecutoriadas o acuerdos de conciliación.

La obligación económica cuya mora genera el registro corresponde a la de alimentos congruos o necesarios, definitivos o provisionales.

Las personas que hagan parte de esa lista no tendrán la posibilidad de salir del país ni tampoco podrán ejercer cargos de elección popular o públicos. Quienes ya se encuentren trabajando en un puesto público deberán ser suspendidos hasta que se encuentren a paz y salvo con su obligación.

Las consecuencias

El Congreso señaló que otra de las consecuencias para quienes aparezcan en Redam es el “impedimento para perfeccionar la enajenación de bienes muebles o inmuebles sometidos a registro”; también, “cuando el deudor alimentario solicite un crédito o la renovación de un crédito ante una entidad bancaria o de financiamiento, se exigirá el certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos y, en caso de ser aprobado, será obligación de la entidad otorgante depositar lo adeudado a la orden del juzgado que ordenó la inscripción en el Registro”.

Morosos de cuota alimentaria estarán registrado en Redam

El registro de los deudores morosos

Cabe aclarar que el Estado, a través del Ministerio de Justicia y del Derecho, será el encargado del registro de los deudores morosos administrando y manteniendo actualizado el Registro Nacional de Deudores de Cuotas Alimentarias.

“La implementación del Registro Nacional de Deudores de Cuotas Alimentarias deberá llevarse a cabo en el término de seis meses, contados a partir de la fecha de promulgación de la presente ley’', señala esta normativa.

Igualmente, el Congreso insistió en que existe un aspecto de la vulneración de derechos al interior de la institución familiar que, si bien ha tenido desarrollos normativos, ‘‘su despliegue en materia de política pública ha sido tan limitado que la aplicación normativa resulta insuficiente para atender la magnitud de la problemática”.

“Esta es la asociada al incumplimiento de la obligación alimentaria con sus hijos, en conjunto con las repercusiones que esta tiene tanto para ellos como para la madre o el padre que tiene la responsabilidad del cuidado y manutención”, agrega.

De acuerdo con lo señalado en la explicación de la ley, en la actualidad existen tres tipos de instrumentos legislativos dirigidos a garantizar los derechos de cuidado y manutención frente a hijas e hijos:

1. Sobre los alimentos que se deben dar por ley a algunas personas, dentro de las que se encuentran hijas e hijos, contemplado en el Código Civil.

2. Sobre el derecho de alimentos, la obligación alimentaria y sobre la mora en el cumplimiento de la obligación contemplado en el Código de infancia y adolescencia.

3. Sobre el delito de inasistencia alimentaria tipificado en el Código Penal.

Los conflictos asociados al incumplimiento de la obligación de suplir el derecho a la alimentación pueden tramitarse a través de tres vías judiciales. La primera es ante la jurisdicción ordinaria penal, caso en el cual la Fiscalía es el ente responsable de iniciar la investigación con base en la denuncia por IA; la segunda es por medio de un proceso civil ejecutivo, y por último a través de “la vía civil administrativa de imposición de la medida de amonestación en el marco de un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos – PARD”.