Consumo Inteligente
¿Cómo reclamar indemnización por retraso de vuelos en Colombia?
El pasajero tiene derecho a comidas e incluso alojamiento y transporte pago, dependiendo de la cantidad de tiempo que se demore el retraso.
Recientemente varios viajeros se han visto afectados debido a los retrasos de más de diez horas de sus vuelos y cancelaciones de los mismos. El caso más reciente se presentó en la mañana de este 4 de abril en el aeropuerto Camilo Daza, en Norte de Santander, donde hubo puntualmente retrasos en varios vuelos que estaban programados para las horas de la mañana de este primer lunes del mes.
En el aeropuerto internacional El Dorado de Bogotá ocurrió otro evento que no se trató como tal de un retraso, sino de un aterrizaje inesperado para más de 150 pasajeros que viajaban desde Medellín con destino a Cúcuta.
Por su parte, la aerolínea Latam Airlines no se ha pronunciado al respecto, sin embargo, los usuarios han manifestado su inconformidad con respecto a lo ocurrido, pues pasaron más de seis horas en un avión, luego de negarse a bajar hasta tanto no tuvieran solución. Por eso se he hecho un compilado de lo que se debe hacer en estos casos en los que el usuario tiene derecho a reclamar.
Estas son, según el manual de deberes y derechos de la Aeronáutica Civil, las compensaciones por incumplimiento de las aerolíneas atribuibles a las mismas:
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Si se presentan demoras:
Entre una hora 15 minutos hasta tres horas: se le brindará refrigerio y comunicación telefónica.
Entre tres y cinco horas: adicional a lo anterior, según la hora, se le brindará bien sea desayuno, almuerzo o cena, como corresponda.
Más de cinco horas, además de lo mencionado, se le compensará al pasajero con el 30 % del valor del trayecto que le hizo esperar. Esto se le debe pagar en efectivo, a menos que la persona decida que quiere recibir la compensación de otra manera, como millas, bonos o tiquetes aéreos.
El documento de la Aeronáutica añade que si la demora supera las 10:00 p. m., la aerolínea deberá proporcionar a sus pasajeros hospedaje, los gastos de traslado entre el aeropuerto y el lugar de hospedaje, a no ser que el viajero decida esperar voluntariamente en la terminal aérea.
Además de eso, si el vuelo debe ser interrumpido (como sucedió a los pasajeros que iban hacia Cúcuta), se recompensará de acuerdo con el tiempo de demora generada hasta la reanudación del viaje.
Por otro lado, si se produce una cancelación de vuelo por causas imputables a la aerolínea, la misma deberá sufragar los gastos de hospedaje, traslados y alimentación, igualmente tendrá que compensar con el 30 % del valor del trayecto afectado.
En caso de que se presente sobreventa, la aerolínea debe asegurar que la persona sea transportada en el siguiente vuelo con otra aerolínea a la mayor brevedad posible. Pero si en ese caso ninguna de las partes involucradas está de acuerdo y no quieren ceder su cupo, la empresa tiene que otorgarle el 30 % del valor del trayecto afectado.
Por otra parte, si se presentan cambios de vuelo y se afecta de alguna manera la reserva, la aerolínea o agencia de viajes, deberá informarle al pasajero por el medio más rápido a más tardar 24 horas antes.
Sumado a esto, si se llega a presentar alguna demora en un punto de conexión de la misma aerolínea, esta debe informar tal circunstancia, brindándole la opción de desistir del viaje, al pasajero sin que haya ningún tipo de penalidad.
Cabe resaltar que el pasajero debe acercarse al counter de la aerolínea y reclamar respetuosamente lo estipulado en el manual de la aeronáutica civil colombiana, ya que de no ser así la empresa no hará efectivas las devoluciones y atenciones requeridas.