ECONOMÍA
¿Cómo se calcula la prima de Navidad para las personas que trabajan por días?
El pago debe realizarse en los primeros 20 días de diciembre.
En las próximas semanas el país vivirá una de las épocas más tradicionales del año, durante la misma los miles de trabajadores del país podrán disfrutar de un pago adicional gracias a los servicios prestados durante los últimos meses.
Los trabajadores que realizan sus labores bajo el concepto de trabajo por días también tiene derecho a una compensación adicional que es correspondiente a la mitad del salario mínimo.
El primer punto de la ley del país señala que el cálculo de la prima para este tipo de trabajadores se tendrá que hacer con el monto actual del salario mínimo legal mensual. Actualmente, el monto que rige este aspecto en la nación es de $1.300.000.
Junto a este valor se debe tener en cuenta el subsidio de transporte que asciende a 162.000 pesos. La fórmula propuesta por el Gobierno Nacional es multiplicar el salario base por la cantidad de los días laborados y dividir el resultado en 360. Hay que tener en cuenta que se debe considerar el número de jornadas laboradas por los trabajadores.
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Para los trabajadores que reciben como compensación económica, el salario mínimo legal vigente recibirán 731.000 pesos en los primeros días del mes de diciembre.
El Ministerio de Trabajo señala que las empresas o empleadores que incumplan con los pagos de las primas pueden ser objeto de denuncias y multas económicas por parte de las autoridades correspondientes.
¿Quiénes no tienen derecho al pago de la prima de diciembre?
- Trabajadores que reciban como compensación económica un salario integral. En el pago del mismo va contemplados todas las prestaciones y beneficios que reciben los empleados.
- Los trabajadores independientes, estos últimos laboran sin ningún tipo de vínculo formal con ninguna empresa. En esta arista se contemplan cientos de profesionales del país que ejercen su profesión de manera individual.
- Trabajadores que realicen sus operaciones bajo el contrato de prestación. Este tipo de vínculo se basa en la premisa que no existe una relación laboral directo entre el empleado y el empleador. Por esta razón, los empleados no tienen derecho a ninguna compensación comprendida en las prestaciones laborales establecidas por la ley.
- Trabajadores que fueron contratados por un tiempo limitado y que no cuentan con un contrato fijo, este tipo de vínculo se encuentra muy relacionado con los empleados que cubren cargos o necesidades temporales en las compañías.
- Personas bajo el modelo de contrato de aprendizaje, las tradicionales prácticas profesionales se basan en buscar una experiencia profesional para las personas que están finalizando su etapa académica. Estos mismos no tienen derecho a pagos de prestaciones adicionales.
El Ministerio de Trabajo ha sido insistente en advertir que a las personas que trabajan como empleadas del servicio doméstico, conductores de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores que desempeñan sus labores en fincas, entre otras, también se les debe liquidar y pagar la Prima Navideña.
Considerando que el pago de esa compensación es clave para los gastos de la temporada decembrina, se calcula que cerca de 7,7 millones de personas la recibirán al terminar la primera quincena del mes, para invertirla en regalos familiares, viajes de vacaciones e incluso para abonar al pago de deudas y ahorrar para el pago de las matrículas de colegios y universidades para el año que viene.
De acuerdo con las disposiciones laborales vigentes, el plazo máximo para el pago de la Prima Navideña es el 20 de diciembre y ninguna compañía o empleador está autorizado para extender el plazo previsto