Finanzas
¿Cuándo pagan los intereses de las cesantías en 2024?
El empleador que no consigne las cesantías en la fecha estipulada, tendrá una penalización monetaria.
Con la llegada del nuevo año, los trabajadores colombianos se encuentran planificando sus finanzas, anticipándose a gastos y oportunidades de inversión. Uno de los aspectos clave de esta planificación es la recepción de las cesantías y, especialmente, el cálculo y pago de los intereses asociados.
Cesantías: Ahorro y Prestación Social
Las cesantías representan una prestación social y un ahorro gestionado por el empleador en nombre del trabajador, variando según el tipo de contrato laboral establecido. La fórmula general para el pago de las cesantías es el equivalente a un mes de salario por cada año laborado, transferido anualmente.
Para aquellos que no trabajaron todo el año, la fórmula cambia: (Días laborados x salario) / 360. Por ejemplo, con 150 días laborados y un salario de $1′600.000, las cesantías resultantes serían $666.666.
Sin embargo, es importante señalar que ciertos trabajadores, como los contratados por prestación de servicios, los informales o aquellos con salario integral, no tienen derecho a recibir cesantías.
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Intereses de Cesantías: Cálculo y Plazos
La Ley 50 de 1990 establece que, además del monto de las cesantías, se deben pagar intereses anuales del 12% o proporcionales por fracción. La fórmula para calcular los intereses es: (Valor de cesantías x días trabajados x 0,12) / 360. Por ejemplo, si las cesantías fueron $666.666 y se trabajaron 150 días, los intereses serían $33.333.
El empleador tiene plazo hasta el 14 de febrero de 2024 para transferir las cesantías al fondo elegido por el trabajador. Sin embargo, los intereses deben pagarse antes, a más tardar el 31 de enero, como resultado de la liquidación realizada el 31 de diciembre del año anterior.
Consecuencias del Incumplimiento
En caso de que el empleador no consigne las cesantías al fondo designado, la Ley 50 de 1990 establece una penalización de un día de salario por cada día de retraso en el pago.
Si un trabajador enfrenta la falta de pago de cesantías o intereses, se recomienda, en primer lugar, la negociación directa con el empleador. En caso de desacuerdo, el Ministerio de Trabajo brinda orientación y mediación. Adicionalmente, el trabajador puede recurrir a entidades como el Ministerio de Justicia, casas de justicia, la Defensoría del Pueblo o la Personería Municipal para buscar asesoramiento y, según la gravedad de la situación, iniciar acciones legales que podrían resultar en sanciones para el empleador.
En conclusión, entender el proceso de pago de cesantías y sus intereses es crucial para los trabajadores colombianos en el inicio del 2024, asegurando que sus derechos sean respetados y protegidos.