EMPRESAS
Dura sanción a Bodytech por afectar a usuarios del gimnasio: estos son los detalles
La Superintendencia de Industria y Comercio le impuso una multa a la empresa por $ 175,5 millones.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso este jueves una multa de más de $ 175 millones a la compañía Bodytech, por la afectación a los usuarios en diversas campañas de productos y servicios prestados por el gimnasio.
Según la entidad, la firma de gimnasios incumplió las normas que regulan las condiciones objetivas de la publicidad en las promociones y ofertas, las condiciones negociales generales de los contratos de adhesión, y las ventas a distancia mediante métodos telefónicos.
La decisión se adoptó luego de adelantar el correspondiente procedimiento administrativo sancionatorio, en el que se demostró que Bodytech “había publicitado unos incentivos en relación con sus servicios estéticos y de nutrición, en los que no indicó la fecha de iniciación de los mismos, elemento esencial para que los consumidores pudieran tomar decisiones de consumo razonables y accedieran a dichos beneficios”, señaló la SIC.
Asimismo, se comprobó que la empresa incluyó en sus contratos ‘élite sin permanencia’ condiciones que no fueron claras. Según los investigadores, en el mismo documento les informaba a los consumidores que la duración era por un término indefinido, pero acto seguido, estipulaba que la relación contractual podía renovarse indefinidamente y en forma consecutivo
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Lo anterior generaba confusión y equívocos en los usuarios, respecto de la vigencia de ese tipo de afiliaciones.
En cuanto a los métodos de la firma para realizar ventas de sus servicios médicos - deportivos, la Superindustria pudo determinar que “en el desarrollo de las mismas se pudo comprobar que no les suministró a los consumidores, ni en la etapa previa a la aceptación de la oferta, ni en la celebración del contrato, su información de contacto, el precio de los paquetes para hacer uso de sus gimnasios, la existencia de los derechos de retracto y reversión, ni el término para ejercerlos”.
Lo anterior implica una violación a los derechos del consumidor, que debe contar con toda la información clara para tomar la decisión de compra de un bien o servicio.
Órdenes
Teniendo en cuenta estos comportamientos, contrarios a la normativa colombiana, la SIC sancionó a Bodytech, pero también le ordenó darles claridad a los consumidores, tanto en las condiciones de los contratos como en la información entregada.
Esto es lo que deberá cumplir la compañía:
- Eliminar de los contratos ‘élite sin permanencia de duración indefinida’, una estipulación que habla de duración de los mismos. Esto con el fin de que las condiciones negociales del contrato de adhesión sean claras, frente a la vigencia de dicho vínculo jurídico.
- Informar en todas sus ventas a distancia, mediante el empleo de métodos telefónicos y en la etapa previa a la aceptación de la oferta, la información de contacto, el precio, la existencia del derecho de retracto, así como la existencia del derecho a la reversión del pago.
- Informar de manera suficiente en todas sus ventas a distancia mediante el empleo de métodos telefónicos, en la celebración del contrato, la información de contacto, el precio, así como las condiciones y modalidades de ejercicio de los derechos de retracto y reversión del pago.
Vale señalar que en este proceso proceden los recursos de reposición y apelación, por lo cual estaría lejos de terminar.