Impuestos
Declaración de renta: ¡Desespero tributario!
Los colombianos que ya empezaron a presentar sus declaraciones de renta han comenzado a sentir la reducción de los topes y beneficios tributarios para las personas naturales. Este golpe corresponde a la reforma tributaria de 2016.
Declarar renta siempre ha sido un proceso que les pone los pelos de punta a muchos colombianos por el papeleo y los elevados costos que implica. Sin embargo, este año ha resultado más gravoso y complicado para muchos contribuyentes por cuenta de las nuevas reglas de juego. En la medida en que han comenzado a declarar y pagar el impuesto a la renta, se han dado cuenta del verdadero impacto de la reforma tributaria de 2016 en sus bolsillos.
Los contribuyentes se han llevado varias sorpresas. “Si bien sabían que la nueva reforma les iba a impactar y probablemente tendrían que pagar más, muchos afirman que jamás se imaginaron que el aumento sería tan grande”, afirma Javier Sánchez Díaz, director de Impuestos de Old Mutual, quien ha visto casos en los que los aumentos son de dos, tres y hasta cuatro veces frente al impuesto de renta pagado el año anterior.
Los ejemplos son dicientes. Un trabajador asalariado o independiente que devengó 7 millones de pesos mensuales, es decir, 84 millones el año pasado, con el esquema tradicional pagaba alrededor de 105.000 pesos al fisco después de acceder al descuento por dependientes –estudio y manutención de sus hijos–, aportes a un fondo voluntario de pensiones o cuentas AFC en las que ahorra para comprar vivienda.
Este ejemplo muestra que aquellas personas acostumbradas a realizar lo que los expertos denominan alta “planeación tributaria” sufrirán el mayor impacto.
Con el impuesto mínimo alternativo nacional (Iman), creado por la reforma de 2012 y que estuvo vigente por cuatro años, esta persona pasó a pagar alrededor de 800.000 pesos; pero ahora, por cuenta de la reforma tributaria de 2016, pagará más de 2,1 millones de pesos. Esto significa 2,6 veces lo que pagó el año pasado y mucho más al compararlo con lo que tributaba hace 5 años.
Este ejemplo muestra que aquellas personas acostumbradas a realizar lo que los expertos denominan alta “planeación tributaria” sufrirán el mayor impacto. Esto es, quienes utilizaban intensivamente los beneficios tributarios para reducir la base gravable, como los aportes a fondos de pensiones voluntarias, cuentas de ahorro para el fomento de la construcción (AFC), pagos por intereses de vivienda, deducciones por dependientes (hijos, cónyuge) y pagos de medicina prepagada, entre otros.
En efecto, con la reforma tributaria de 2016 la suma de las rentas exentas y los beneficios tributarios a los que tienen derecho las personas naturales no puede superar el 40 por ciento del valor del ingreso. Para expertos tributaristas esos cambios podrían terminar por afectar el ahorro que hacen las personas en ese tipo de mecanismos y hasta la adquisición de vivienda.
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El gobierno anterior pensaba que muchas personas –sobre todo de altos ingresos– abusaban de esos mecanismos. Por ejemplo, inventaban dependientes, trasladaban costos y gastos de sus negocios o intereses de vivienda, pues para la Dian era muy difícil fiscalizarlos en detalle. Por eso, en la reforma de 2016 decidieron reducir los beneficios.
Pero no es la única sorpresa para los contribuyentes. Así mismo, pagarán más por las cesantías, que ahora son un ingreso gravable desde que el empleador las gira al fondo; por el sistema cedular diseñado para declarar este año; y por el aumento de las tasas para los rentistas de capital y quienes obtienen ingresos por dividendos (ver recuadro).
Es claro que el Estado ha venido cerrando el espacio a las deducciones tributarias para las personas naturales. En el Marco Fiscal de Mediano Plazo presentado este año, se advierte que estas deducciones tuvieron un costo fiscal de 5,6 billones de pesos en 2016. Ahora la gran pregunta es si la reforma tributaria que prepara el nuevo gobierno seguirá reduciendo estas alternativas.
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Cuando los colombianos no han terminado de asimilar el garrotazo de este año, ya se empieza a discutir una nueva reforma que buscará “un sistema tributario más acorde con el contexto internacional, en el cual la clase media, que ha tenido un crecimiento indiscutible en los últimos años, debe ser parte de la solución”, como dijo el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, hace unos días.
Los expertos coinciden en que el verdadero problema en Colombia consiste en que solo tributan unos pocos, lo cual genera una gran paradoja: a pesar de las altas tasas que ahogan a las empresas y a las personas, el recaudo para la Nación es bajo. En el país solo alrededor de 2,6 millones de personas naturales declaran renta.
Por esto, se ha comenzado a hablar de que más gente tendrá que declarar y pagar renta el próximo año y que se requiere intensificar la lucha contra la evasión fiscal, con lo que el desespero tributario podría crecer aún más.
Para recordar
- 2.627.000 personas naturales tendrán que declarar renta este año. Según la Dian, hasta el momento lo han hecho alrededor de 670.000 personas.
- Los plazos para declarar comenzaron el 9 de agosto y terminan el 19 de octubre. Revise con anticipación cuánto debe pagar para evitar sanciones, que empiezan en 332.000 pesos.
- La Dian espera recaudar 2 billones de pesos en esta temporada de impuestos.
- Si a esto se suma la retención en la fuente el recaudo de personas naturales podría llegar alrededor de los 8 billones de pesos.
- Deben declarar quienes hayan tenido ingresos superiores a 44.603.000 pesos en 2017 (También revise si sus consumos de tarjeta de crédito, compras y consumos totales, consignaciones bancarias o inversiones financieras pasaron este monto). Adicionalmente, cualquier persona que al cierre de 2017 tuvo un patrimonio mayor a 143.366.000 pesos o es responsable del régimen común también debe presentar declaración de renta.
Por qué tendrá que pagar más
Si bien cada caso tiene sus particularidades, aquí hay cinco razones por las cuales muchos colombianos pagarán un mayor impuesto de renta este año.
Tope del 40 por ciento a los beneficios tributarios. La reforma tributaria de 2016 estableció que las personas podrían seguir haciendo sus aportes en fondos de pensiones voluntarios, cuentas de ahorro para el fomento de la construcción (AFC), pagos por intereses de vivienda, deducciones por dependientes (hijos, cónyuge) y pagos de medicina prepagada. Sin embargo, estableció que la suma de las rentas exentas y todos los beneficios tributarios no puede superar el 40 por ciento del valor del ingreso. Es decir que les puso un ‘techo’ conjunto a todos los beneficios tributarios y rentas exentas.
Nuevo tratamiento a las cesantías. Antes las cesantías se consideraban un ingreso para el trabajador cuando disponía de ellas y, por tanto, hasta ese momento no eran un ingreso gravable. Con la reforma, las cesantías pasaron a ser un ingreso para el trabajador cuando se le trasladan al fondo. Y dado que este cambio aplicó a las cesantías pagadas a partir de 2017, el efecto será un mayor ingreso e impuesto de renta.
El sistema cedular. La reforma tributaria de 2016 (Ley 1819) creó un sistema que categoriza los ingresos en cinco grupos: rentas de trabajo, de pensiones, de capital, no laborales y de dividendos; cada una con su esquema de depuración y topes independientes. Al obtener la renta gravable en cada una de ellas, puede presentarse un aumento de impuestos. No obstante, también podría significar una disminución, pues, por ejemplo, los arrendamientos hasta 19 millones de pesos son exentos del pago del impuesto.
Mayor tasa a las rentas de capital. Los ingresos por temas como rendimientos financieros y arrendamientos (rentistas de capital) no solo tienen una tasa progresiva y marginal dos puntos por encima de otro tipo de rentas, sino también un límite del 10 por ciento a los costos y gastos imputados que se podrán deducir. Además, según Juan Guillermo Ruiz, socio y director del área tributaria de Posse, Herrera y Ruiz, los rendimientos financieros o rentas en el exterior por arrendamientos deberán considerarse como realizados de forma automática independientemente de si son girados o no al país. Ojo con las rentas pasivas.
Y a los dividendos. Los ingresos de dividendos no gravados que antes eran exentos ahora tendrán una tasa incremental del 0 al 10 por ciento. Hasta 18 millones siguen siendo un ingreso no constitutivo de renta y a partir de este tope empezarán a tributar.