CARLOS FRADIQUE-MÉNDEZ
El Fome: un actor clave en la reactivación empresarial
Los recursos del Fome tendrán varios usos, entre los cuales se encuentra la posibilidad de proveer financiamiento directo a empresas privadas que desarrollen actividades de interés nacional. Un análisis de Carlos Fradique, socio de Brigard Urrutia.
El Decreto 444 del 21 de marzo de 2020 creó el Fondo de Mitigación de Emergencias – Fome como un fondo sin personería jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, conformado inicialmente por préstamos del Fondo de Pensiones Territoriales-Fonpet ($2,7 billones), el Fondo de Ahorro y Estabilización-FAE ($12,1 billones), para un total de $14,8 billones y otras fuentes como el Presupuesto General de la Nación. Los recursos del Fome tendrán varios usos, entre los cuales se encuentra la posibilidad de proveer financiamiento directo a empresas privadas que desarrollen actividades de interés nacional. Este financiamiento puede estar acompañado de subsidios en tasas de interés, garantías u otros mecanismos de alivio, siempre que el financiamiento se enmarque en los objetivos del decreto y dentro de una política integral encaminada a solventar necesidades sociales y económicas traídas por la covid-19.
El decreto establece que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público administrará el Fome, incluyendo la ejecución de los recursos, manteniendo siempre una independencia con los demás fondos y recursos administrados. En ejercicio de esta administración, el uso de los recursos del Fome para el financiamiento de empresas privadas presenta retos relevantes para el Ministerio, como la manera en que se debe ejercer la función pública para determinar cuáles deben ser las empresas beneficiarias, el manejo del desembolso y el recaudo, y otras complejidades operativas y estratégicas.
En desarrollo de lo anterior es importante tener en cuenta que existen mecanismos que pueden ayudar a facilitar el proceso de financiación a la empresa privada y proteger el tejido empresarial. Una posibilidad, por ejemplo, podría consistir en que el Ministerio se apoye en entidades estatales de naturaleza financiera que tengan suficiente capacidad técnica y administrativa para ejercer la administración de los recursos que se quieran destinar al financiamiento de empresas privadas, incluyendo las bancas de segundo piso como Bancoldex, Findeter y Finagro; o también entidades como la Financiera de Desarrollo Nacional, la fiduciaria Fiduprevisora, entre otras. En el marco de esta iniciativa resultaría además relevante que el ministerio instara a sus vinculadas a apoyarse en el expertise de los agentes especializados que hoy en día existen en el mercado de inversión en empresas privadas.
En esta línea, ColCapital ha desarrollado una serie de recomendaciones interesantes dirigidas al Gobierno para la reactivación del empresariado colombiano y que seguramente impactarían positivamente la economía. Entre estas recomendaciones se encuentra una propuesta para que parte de la gestión del financiamiento a las empresas privadas la hagan los gestores profesionales de fondos de capital privado, por considerar que estos son agentes del ecosistema de inversión con conocimiento especializado que podrían facilitar el proceso de evaluación, selección y diseño de planes de negocio, encaminados a la recuperación de las empresas beneficiarias de la inversión por parte del Fome.
En adición a lo anterior existen otras alternativas para el mercado de capitales que introdujo este decreto y más recientemente el decreto 560 de 2020 para la reactivación económica de empresas en situación de emergencia, las cuales podrían explorarse y contribuir a dinamizar la economía. Tales iniciativas podrían incluir la titularización de los créditos que sean otorgados con recursos del Fome (facilitando el pago del préstamo al Fonpet y al FAE); emisiones de valores de contenido crediticio ordinarios, de riesgo o subordinados; la capitalización por medio de emisiones de acciones con condiciones especiales, entre otros instrumentos de inversión en capital o deuda.