MACROECONOMÍA

Caída del Decreto 811 no afecta préstamo del Gobierno a Avianca

La Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto 811 de 2020, que establecía un régimen especial para la compra y venta de compañías por parte de la Nación en el marco de la emergencia económica.

24 de septiembre de 2020
Caida del Decreto 811 no afecta préstamo del Gobierno a Avianca | Foto: Avianca

Luego de conocerse la noticia de la inconstitucionalidad del Decreto 811, algunos sectores entre los que se encontraban economistas, analistas y congresistas dijeron que la decisión de la Corte afectaba el préstamo que el Gobierno le iba a dar a Avianca por US$370 millones.

La noticia de que la Corte Constitucional acaba de decretar inexequible el decreto 811, dictado al amparo de la emergencia decretada para amortiguar la pandemia, dificulta aún más el crédito a Avianca (que bien enredado estaba), y la privatización de activos públicos”, dijo el exministro de Hacienda, Juan Camilo Restrepo, por medio de su cuenta de Twitter.

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Sin embargo, la norma es clara y habla de venta o compra de participación accionaria en empresas por parte de la Nación con el fin de ayudarlas en medio de la pandemia del coronavirus, no incluye préstamos o créditos.

“Este decreto legislativo establece el régimen especial aplicable a la inversión y la enajenación de los instrumentos de capital en empresas que adquiera o reciba la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con el fin de mitigar los efectos económicos adversos que dieron lugar a la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada a través del Decreto 637 de 2020, incluyendo los instrumentos que adquiera o reciba”, dice la norma.

De hecho, el aval para que la Nación haga préstamos a empresas de interés nacional (como Avianca) está incluido en el Decreto 444 de 2020 con el que se creó el Fondo de Mitigación de Emergencias (Fome).

El artículo cuarto del Decreto 444 establece que los recursos del Fome se pueden utilizar para invertir en instrumentos de capital o deuda emitidos por empresas privadas, públicas o mixtas que desarrollen actividades de interés nacional, incluyendo acciones con condiciones especiales de participación, dividendos o recompra.

El Ministerio de Hacienda ha sido enfático en que el Gobierno nunca ha buscado tomar participación accionaria en Avianca, sino que la idea era llevar a cabo un préstamo para garantizar la subsistencia de la compañía.

Al respecto, el viceministro General de Hacienda, Juan Alberto Londoño, dijo que, en las condiciones actuales, el Gobierno de Colombia no le puede hacer el préstamo a Avianca por US$370 millones.

Una de las razones por las que la Nación no podría hacer el préstamo es que el Gobierno entraría como prestamista de última instancia y la aerolínea aún no ha definido su proceso de financiación.

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"La empresa no ha retirado su petición, pero hemos visto que ha conseguido más inversionistas y, cómo lo hemos dicho, en el evento de entrar lo haríamos como prestamistas de última instancia", dijo Londoño en conversación con Dinero.

El funcionario agregó que la otra razón por la que no se puede hacer el préstamo es la suspensión de este, que determinó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

"Estamos condicionados y sujetos a las decisiones judiciales que al final son las que determinarán si el Estado puede entrar", dijo Londoño.

Recientemente, Avianca presentó una solicitud ante un tribunal de Estados Unidos para que le permita lograr una financiación de poco más de US$2.000 millones.