LABORAL

¿En qué consiste el plan de Colpensiones para quienes ganan menos del mínimo?

Se trata del Piso de Protección Social, un programa reglamentado por el Gobierno, que empezará a regir en marzo de 2021. Su puesta en marcha ha generado polémica entre los sindicatos.

22 de diciembre de 2020

Bajo el Decreto 1174 de 2020, el Gobierno reglamentó el Piso Mínimo de Protección Social, un programa que forma parte del Plan Nacional de Desarrollo y que busca contribuir con la disminución de la desigualdad en el corto plazo.

La medida plantea ampliar la cobertura en protección y en seguridad social de los trabajadores, implementando un piso de protección social.

Esta iniciativa consiste en la afiliación a salud subsidiada, la vinculación al programa de servicio social complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) y al acceso a un seguro inclusivo para las personas que devengan menos de un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente como consecuencia de su dedicación parcial a un trabajo u oficio.

Colpensiones, en calidad de administradora del Servicio Social Complementario de los BEPS, será la entidad encargada de ejercer como gestor operativo del programa, que empezará a ejecutarse en marzo de 2021 y que beneficiará a más de 9 millones de personas que trabajan bajo estas condiciones en Colombia.

La vinculación a este sistema, creado por la Ley 1955 de 2019 ‘Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad’, es obligatoria para quienes tengan contratos laborales o de prestación de servicios por tiempo parcial.

Sin embargo, al programa también se podrán vincular personas de manera voluntaria; específicamente podrán hacerlo aquellos trabajadores y contratistas de dedicación parcial o aquellos que no tengan vínculo laboral ni contractual que perciban ingresos inferiores a un salario mínimo, incluidos los trabajadores del sector agropecuario.

“Este es un hito en materia de seguridad social en el país”, dijo a Portafolio Juan Miguel Villa, presidente de Colpensiones. Y aclaró que este es un programa solo para quienes estén en edad de trabajar.

Por su parte, según la ley, los empleadores o contratantes deberán asumir el aporte total a los BEPS, que será del 15 % del ingreso mensual del trabajador o contratista. La cotización podrá realizarse en cualquier tiempo durante el mes en el que se desarrolla la actividad.

No obstante, Colpensiones asumirá los costos de administración del Piso de Protección Social en su totalidad, es decir, estos costos no afectarán a empleados ni empleadores.

Eso sí, su puesta en marcha ha generado rechazos desde los sectores sindicales del país. Desde que se reglamentó en agosto pasado, todas las discusiones laborales o pensionales han incluido este punto en la agenda del día.

El caso más reciente se dio en las negociaciones para fijar el aumento del salario mínimo. Las centrales obreras, además de un alza del 14 %, pedían que se derogara esta norma, pues, en su concepto, afectaba a la mayoría de trabajadores.

A pesar de lo anterior, el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, señaló que no se puede eliminar del ordenamiento jurídico, pues lo que se hizo fue reglamentar un artículo del Plan de Desarrollo.

Los resultados de los BEPS

Al margen de este debate, los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) forman parte de un programa que administra Colpensiones cuyo objetivo es brindar protección y seguridad en la vejez a aquellos colombianos que llegaron a la edad para pensionarse pero no lograron reunir el capital necesario para hacerlo.

En sus cinco años de vigencia, los BEPS han llegado a 30.836 personas que reciben una prestación económica de Colpensiones, mientras que hace dos años apenas llegaba a los 8.000 beneficiarios y en enero de este año llegaba a los 22.000.

A diario, 1.200 personas cumplen la edad de jubilación en Colombia, pero solo el 33 % cumplen con todos los requisitos para acceder al pago de una pensión.

Los BEPS fueron creados con el fin de acelerar el cumplimiento de los requisitos, pues el programa aporta un 20 % adicional a lo cotizado.