ENERGÍA
Estaciones de servicio demandarán a la CREG por nuevo impuesto
Desde Fendipetróleo, gremio que las agrupa, tomarán acciones legales por un nuevo tributo. Consideran que este gravamen es ilegal.
A finales del pasado mes de diciembre pasado, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) profirió una resolución en la cual estableció el cobro de un tributo en favor de esta entidad y su puesta en marcha no cayó nada bien en el sector privado.
“El pago de dicha obligación se ha vuelto de forzoso cumplimiento para nuestro gremio durante este mes, debido a que se han venido allegando a las diferentes estaciones de servicio a nivel nacional las liquidaciones de la mencionada contribución” indicó Fendipetróleo.
Desde la perspectiva del gremio han catalogado este impuesto como un cobro ilegal, por lo que anunciaron acciones legales en contra de la entidad.
En primera instancia, impondrán una demanda simple de nulidad en contra de la resolución ante el Consejo de Estado.
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Argumentarán que hay un sentencia de la Corte Constitucional que estipula que la contribución especial a favor de la CREG no debe cobrarse a las personas prestadoras de la cadena de combustibles líquidos, decisión que se emitió con efectos inmediatos y a futuro.
Así las cosas, como la resolución fue proferida en fecha posterior, contraría con lo establecido en la decisión del máximo tribunal y debe ser declarada inconstitucional.
“De igual forma, procederemos a solicitar con la demanda una medida cautelar tendiente a la suspensión provisional de la resolución”, explicó el gremio.
Por otro lado, instaurarán una solicitud de revocatoria directa ante la propia CREG para que suspendan la controvertida resolución.
“A nuestro modo de ver la comisión actúo de manera indebida al ir en contravía de las decisiones del máximo tribunal con el cobro de dicho tributo”, puntualizó Juan Carlos Vélez, presidente del gremio.
Así mismo, le harán llegar a cada uno de sus afiliados un modelo de recurso de reposición, donde se especifican los argumentos jurídicos, para que así los afectados por este impuesto presenten el recurso pertinente en un plazo de 5 días hábiles a partir de la fecha de notificación de la liquidación del tributo.
“Les ponemos de presente que reviste gran importancia la presentación del mencionado recurso, ya que otorga un lapso de tiempo, mientras el Consejo de Estado resuelve la petición de suspensión provisional del acto”, le advirtió Fendipetróleo a sus afiliados.
Desde Fendipetróleo consideran que este impuesto es injusto para los empresarios de las estaciones de servicio, pues vienen de un año sumamente complicado por las cuarentenas y donde se presentó una importante caída en la demanda de combustibles. Cabe destacar que los despachos de los distribuidores minoristas de combustibles en el primer semestre del 2020 cayeron un 22% para el caso de la la Gasolina corriente y un 34% para la gasolina extra.