IMPUESTOS

Bogotá aplazó pagos del ICA, ReteICA y tercera cuota del predial

Para el próximo 29 de octubre quedó aplazada la declaración y el pago del impuesto de Industria y Comercio (ICA), ReteICA y tercera cuota del impuesto Predial residencial, según informó la Secretaría de Hacienda de Bogotá.

16 de octubre de 2020
| Foto: Getty Images

La declaración y el pago del impuesto de Industria y Comercio (ICA) corresponde al tercer bimestre del año gravable 2020 y para el ReteICA corresponde al cuarto bimestre.

La declaración y el pago del ICA estaba prevista para este viernes 16 de octubre y la del ReteICA y tercera cuota del predial vencían el 23 del mismo mes.

La Secretaría también determinó el 29 de octubre para declarar y pagar la sobretasa al consumo de gasolina motor, únicamente para el mes de septiembre.

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Según la entidad, la decisión fue tomada teniendo en cuenta la contingencia que se registra por la puesta en marcha de la nueva plataforma de la Entidad.

“Los contribuyentes interesados en pagar la segunda cuota del impuesto Predial No residencial, el 30 de octubre, podrán hacerlo una vez se supere la contingencia y que se les informará oportunamente para que puedan ingresar a la plataforma y descargar su cupón de pago”, señaló la entidad.

A la fecha, 10.000 contribuyentes han realizado los pagos del ICA, correspondientes al 43,5%, de los 23.000 obligados a declarar.

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Respecto al pago a los contratistas de las entidades distritales, la Entidad informó que ya se inició y que los giros continuarán de acuerdo con su ingreso al sistema.

Para las personas naturales el 21 de octubre vence el plazo para que realicen su declaración de renta, mientras que los contribuyentes responsables del Régimen Simple de Tributación (RST) tienen entre el 22 de octubre y el 28 del mismo mes para realizar su declaración anual consolidada de este tributo.

El RST es un modelo de tributación opcional de causación anual y pago anticipado bimestral que tiene como objetivo reducir las cargas tributarias formales y sustanciales de las personas naturales y jurídicas que decidan tributar bajo este nuevo régimen creado para incentivar la formalización de pequeños negocios.