ECONOMÍA
Ocho cosas que usted debe saber sobre el día sin IVA
¿Qué pasa si ese día tiene pico y cédula? ¿Cuáles son los productos que no tendrán IVA? ¿Cuánto es el valor máximo de las compras? ¿Se pueden comprar productos al por mayor?
Desde hace casi tres meses muchos sectores del país han estado en pausa debido a la cuarentena obligatoria, el comercio es uno de los más afectados. Por lo tanto, el Gobierno nacional por medio del Decreto 682 del 21 de mayo anunció tres días sin IVA, con el propósito de ayudar a aliviar la carga financiera de los colombianos y del sector en medio de la crisis económica causada por la pandemia de coronavirus.
En estos tres días se podrá hacer la compra de productos sin el 19 % del Impuesto al Valor Agregado. Según Carlos Andrés González, de la firma consultora en impuestos y legal Ernst & Young, "es una medida que probablemente dinamizará la economía, pues el consumidor final se verá beneficiado al comprar con la reducción del 19 % del IVA sobre el precio total (que es la tarifa general del IVA en Colombia)”.
Estos son algunos puntos clave de la medida:
1) Si no puede este 19, hay otros dos días más
El 19 de junio, 3 de julio y 19 de julio son los días en los que este beneficio estará activo en compras online y en tiendas físicas. Es importante seguir todas las recomendaciones de bioseguridad: mantener la distancia, usar tapabocas, intentar no tocar productos ni superficies innecesariamente, lavarse las manos, llevar antibacterial o alcohol y permanecer el menor tiempo posible en las tiendas. Las compras también podrán hacerse de manera virtual, durante todo el día.
2) No se recibe efectivo
Solamente podrán efectuarse pagos a través de tarjetas débito, crédito y otros mecanismos de pago electrónico. Para las ventas en efectivo no aplica la exención. Por eso es importante considerar cuánto está dispuesto a gastar en esos días con el fin de liberar cupos y tener su dinero disponible. Las compras en internet también aplican para la exención siempre y cuando cumplan con los requisitos y van a ser el punto fuerte de esta medida. Según el más reciente informe de Mintic en conjunto con la Cámara de Comercio Electrónico (CCCE), el comercio electrónico en colombia creció un 73 % entre abril y mayo. Se espera que la medida ayude a incentivar el mercado online y este siga creciendo como lo ha hecho en los últimos meses.
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3) Sólo podrá adquirir tres unidades de la misma categoría en una sola compra
Esto significa que en una sola tienda puede comprar, por ejemplo: una camisa, un pantalón y un saco ya que las tres pertenecen a la categoría de vestuario. Para comprar más artículos de una misma categoría tendrá que hacerlas en otra tienda. Es recomendable mirar los catálogos virtuales de las tiendas para saber qué quiere buscar cuando esté en el almacén y así acortar el tiempo de permanencia dentro del recinto, para reducir el riesgo de contagio al mínimo posible.
4) En cualquier compra le deben entregar factura
En la factura digital o física debe aparecer: el establecimiento que vende, el nombre del comprador el valor del artículo y sin falta el IVA con un valor de 0 pesos. En ninguna compra que cumpla con los requisitos establecidos pueden cobrarle el valor del impuesto.
5) La exención del impuesto elimina la devolución o compensación del mismo
En la ventas que se lleven a cabo dentro de los días establecidos no se puede cobrar el impuesto IVA, por lo tanto no existe el derecho a la devolución o compensación del mismo.
6) Cómo saber qué artículos están cubiertos por la exención
Para medir las exenciones, se tiene en cuenta la Unidad de Valor Tributario (UVT) vigente, que para este año que equivale a $35.607 pesos colombianos. Estos son los precios máximos de cada categoría sin incluir el IVA. Recuerde: cualquier artículo por unidad con un precio igual o inferior a los que se enlistan a continuación está cubierto por la exención. La compra completa puede ser de mayor valor, pero el artículo no lo puede superar.
Vestuario (20 UVT), hasta 713,400 pesos.
Accesorios de vestuario (20 UVT), hasta 713,400 pesos
Electrodomésticos (incluye celulares y computadores) (80 UVT), hasta 2,853,600 pesos
Elementos deportivos (incluye bicicletas y patinetas tanto eléctricas como convencionales) (80 UVT), hasta 2,853,600 pesos
Juguetes y juegos (10 UVT), hasta 356,607 pesos.
Útiles escolares (5 UVT), hasta 178,035 pesos.
Bienes e insumos agropecuarios (80 UVT), hasta 2,853,600 pesos.
7) Si está en Bogotá o en ciudades que tienen pico y cédula, y no puede salir de compras
Tiene dos opciones. La primera es dirigirse a la página de las principales grandes superficies y tiendas, en dónde podrá diligenciar un formulario que le permitirá entrar ese día a la tienda física; o puede comprar directamente online. El pico y cédula en Bogotá sólo afectará el primer día sin IVA.
Si no ha comprado nunca por internet, puede estar un poco escéptico pero es un momento ideal para aventurarse en este modo de compra. El 57 % de las personas que hacen uso de las plataformas web para comprar dicen que la experiencia es igual a la de ir a la tienda según una encuesta hecha por la firma EY. Además, está modalidad es el futuro del comercio. 71 % de los encuestados afirmaron que están creando estructuras de venta online sólidas que perduren más allá de estos días sin IVA.
8) En caso de encontrar un alza de precios puede acudir a la Superintedencia de Industria y Comercio
El decreto indica que los vendedores deben reducir los precios de los productos a los correspondientes sin el IVA y no deben subirlos para contrarrestar la medida. Si encuentra que los precios de un producto subieron días antes de un día sin IVA, puede denunciar por medio de la página de la Superintendencia de Industria y comercio en el área de protección al consumidor las 24 horas del día los 7 días de la semana. Allí se le pedirá crear un usuario para acceder a la plataforma y poder hacer su denuncia.
Y algo más: los restaurante y locales de comidas no cobrarán el impuesto al consumo hasta final de año
Aunque no es exactamente sobre los días sin IVA, en el mismo decreto se estipula la reducción de las tarifas del impuesto al consumo en el expendio de comidas y bebidas a 0 %. Los restaurantes, heladerías, cervecerías y demás negocios gastronómicos que cobraban el impuesto al consumo no lo harán hasta el 31 de diciembre de este año. Por ahora este beneficio sólo se ve reflejado en los domicilios, pero la idea es que promueva el consumo en el momento en que se pueda prestar el servicio en los establecimientos.
Fotos: Guillermo Torres/SEMANA.