EMPRESAS
Lo que faltaba: juez ordena la suspensión de actividades de exploración y explotación en el pozo Uchuva 2, de Ecopetrol
Fue fallada una tutela interpuesta por el gobernador de la comunidad indígena de Taganga (Magdalena). No podrían usar nombres o símbolos culturales de ellos, por lo que el pozo podría cambiar de denominación.
Una vez más se presenta un caso de inseguridad jurídica, de esos que temen los inversionistas en Colombia.
Un juez del distrito judicial de Santa Marta resolvió una tutela interpuesta por Ariel Daniels de Andreis, gobernador de la comunidad indígena de Taganga, contra Ecopetrol y Petrobras, compañías que venían adelantando la exploración y explotación del pozo Uchuva 2, tras el descubrimiento offshore del Caribe colombiano.
El fallo ordena suspender de manera inmediata todas las actividades relacionadas con el proyecto en el área de interés de perforación exploratoria Tayrona, en el pozo Uchuva 2, del que se extrae gas.
Según la decisión, habría una presunta violación al derecho fundamental a la consulta previa que tienen las comunidades.
Tendencias
Tan solo unos días atrás, el presidente del Grupo Energía Bogotá, Juan Ricardo Ortega, había lanzado una alerta por una posible escasez de gas para diciembre. “Si no conseguimos los 5 millones de pies cúbicos diarios para poder operar las compresoras, Bogotá no va a tener gas. A hoy no existe el gas para diciembre y en 2026 el faltante es inmenso”, afirmó en la celebración de los 30 años del Creg.
Insólito
Además, por temas culturales, la decisión judicial también ordena a Ecopetrol y Petrobras que se abstengan de utilizar nombres o símbolos culturales de la comunidad Taganga o de otros pueblos indígenas, para identificar sus proyectos, sin el debido consentimiento de dichas comunidades. Se entiende así que tendrían que retirar la denominación del proyecto “Uchuva” y “Área de Interés de Perforación Exploratoria Tayrona,” dentro de 48 horas, dice el fallo. En otras palabras, Uchuva no podría seguir siendo Uchuva.
Ecopetrol, golpe tras golpe
La petrolera estatal colombiana, en la que el Estado tiene la mayoría accionaria, ha tenido varios golpes en los últimos tiempos. El año pasado sus utilidades registraron una contracción del 42 % frente al año anterior, y la situación se ha repetido en la primera mitad de este año, con una caída del 24,2 %.
Recientemente, la compañía anunció que no se montaría en el negocio con la Oxy, para utilizar el fracking en la cuenca del Permian, retiro que muchos criticaron. De la junta directiva salieron dos importantes miembros, quienes tenían una amplia experticia. Entre tanto, el presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa, podría estar cerca de dejar el cargo, debido a los resultados que está encontrando el Consejo Nacional Electoral, en relación con la financiación de la campaña de Gustavo Petro.
Los argumentos de las partes
En el alegato, el demandante sustentó que la explotación del pozo (Uchuva 1 y 2) “representa un riesgo para las comunidades de peces (en su área de influencia), que utilizan las zonas de caladeros para su desarrollo”. Además, sostiene que “los ruidos, equipos, tuberías y tránsito de embarcaciones para operación y mantenimiento logran ahuyentar estos individuos y disminuir su población; así mismo, con las sustancias químicas utilizadas para la exploración y explotación del gas, se genera un riesgo para los peces y para la cadena alimenticia de nuestra comunidad indígena”.
En ese contexto, la solicitud del demandante fue el amparo de su derecho fundamental a la consulta previa.
Pero hay que destacar que, según el expediente del caso, el Ministerio del Interior, mediante una certificación de 2006, señaló “inexistencia de comunidades indígenas o negras en el área del proyecto”.
Luego, en 2019 estableció que no se registró la presencia de comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y rom en el área del proyecto exploración Tairona.
El expediente del fallo fue remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión en caso de no ser impugnada la tutela.