SANCIONES
Ministerio de Trabajo aplica millonaria sanción a Minesa por violar fuero de trabajadores sindicalizados
Minesa tendrá que pagar 1.160 millones de pesos. Estos son los argumentos.
En firme dejó el Ministerio de Trabajo, según información entregada este martes 12 de marzo, la sanción que venía andando, la cual recae sobre la Sociedad Minera de Santander, Minesa.
Según la sanción impuesta por el MinTrabajo, que se relaciona con violación al fuero que tenían trabajadores sindicalizados, la compañía que está localizado en los departamentos de Norte de Santander y Santander, tendrá que pagar 1.160 millones de pesos.
Según los argumentos del Ministerio para aplicar la millonaria sanción, en febrero de 2021 se dieron por terminado los contratos de 13 trabajadores de la compañía minera, algunos de los cuales pertenecían a la junta directiva de una organización sindical de la compañía.
En ese sentido, según conceptuó el Ministerio, “se habrían vulnerado los derechos de asociación sindical, protección del derecho de sindicación y negociación colectiva”, de acuerdo con la sustentación del viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Edwin Palma Egea.
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Hay que recordar que en el Congreso de la República, el gobierno nacional, a través del Ministerio de Trabajo, adelanta el trámite de una reforma laboral, que ha sido criticada porque se enfoca en la reivindicación de derechos sindicales, mientras no ataca problemas estructurales del mercado laboral.
Así las cosas, Palma enfatizó en que se adelantó una investigación que completa tres años. En ese momento, el sindicato de la industria minera Petroquímica, Agrocombustibles y Energética, (Sintramienergética), había cursado un derecho de petición en la alcaldía de Bucaramanga.
El objetivo de la acción fue poner en el visor el hecho de que la empresa minera había dado por terminado el contrato de los trabajadores, decisión que tomó sin el previo aviso.
El derecho de petición alegó “vulneración de los derechos al trabajo y estabilidad laboral reforzada”.
Según la información del Ministerio de Trabajo, la sanción aplicada está amparada en los artículos 405 y 406 del Código Sustantivo del Trabajo, los cuales habrían sido incumplidos por Minesa, sin contar con la conducta de haber pasado por alto el artículo 25 del decreto 2351 de 1965.
La terminación de los contratos de trabajadores que gozaban de fuero sindical no se puede hacer sin la debida autorización de un juez de la República, señala el documento que contiene la sanción a la minera.
Tendrán que ser reintegrados
Agrega MinTrabajo en su documento que “a la investigación se le suma la decisión por parte del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, quien decidió amparar los derechos de los trabajadores, ordenando su reintegro, en especial por la protección dada por su fuero sindical y al concluir que la empresa investigada, despidió a sus trabajadores sin contar con autorización previa por parte de un juez laboral para el levantamiento del fuero”, concluye.