TECNOLOGÍA

No solo Rappi y Uber: en Colombia también quieren regular las plataformas de turismo

El proyecto para modernizar la Ley de Turismo tiene un artículo dedicado a la regulación de plataformas digitales, que ha generado preocupación en los actores del sector.

23 de octubre de 2020
El Congreso discutirá este lunes este proyecto de ley. La ponencia tuvo cambios importantes, pero sigue generando dudas en la industria.

El 2020 no solo será recordado por la crisis del coronavirus, sino también por ser el año en el que a Colombia le entró el afán por regular a las plataformas tecnológicas.

Cuando inició la legislatura, se dio una lluvia de proyectos de ley que buscan darle una normatividad clara para que los Rappi y los Uber puedan operar en el país. Más de 10 propuestas cursan actualmente en el Congreso, muchas de ellas sin discusión aún.

Y recientemente se dio a conocer uno nuevo que apunta a regular las plataformas que intermedian o se mueven en el sector del turismo. Sí, las tipo Airbnb.

El Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, radicó un proyecto de ley con el que busca modernizar la ley de turismo en Colombia.

La iniciativa pretende fomentar la sostenibilidad y la implementación de mecanismos de conservación, protección y aprovechamiento de los atractivos turísticos. Además de fortalecer la formalización, la competitividad del sector y los actores de la cadena de valor; y promover la recuperación de la industria turística que ha sido fuertemente golpeada por la pandemia.

Son varios los aspectos que busca mejorar la ley como por ejemplo incluir incentivos tributarios, la consolidación del ecoturismo y la adhesión de nuevas infracciones con consecuencias frente al Registro Nacional de Turismo (RNT).

Pero, de lo que poco se ha hablado es del artículo que dicta una serie de obligaciones para las empresas de base tecnológica o plataformas digitales que prestan servicios relacionados con el sector.

En primer lugar, define a las plataformas electrónicas o digitales como un prestador de servicios turísticos en el país. Esto quiere decir que, para operar en Colombia, tendrían que contar con el Registro Nacional de Turismo (RNT), estar sometidas al régimen sancionatorio que rige a la industria y cumplir con las exigencias en materia de calidad y ambiental como lo hacen hoteles y agencias de viajes.

Los millennials son quienes más utilizan plataformas digitales para consultar, planificar y comprar paquetes turísticos.
Los millennials son quienes más utilizan plataformas digitales para consultar, planificar y comprar paquetes turísticos. | Foto: Kayak

También incluye exigencias como interoperar con el RNT para que quien utilice la plataforma cuente con inscripción activa y vigente de dicho registro, al mismo tiempo que deben habilitar un espacio para que el prestador de servicios turísticos haga visible su número de inscripción, la información de sus servicios y a la cual el consumidor debe tener fácil acceso.

De igual manera, las obliga a responder por publicidad engañosa y afectaciones a los usuarios, y hacer aportes parafiscales.

El articulado parece una respuesta a los pedidos de los gremios del sector que ven en las plataformas un puente a la informalidad. En el marco del Congreso Nacional de Turismo, el presidente de Cotelco, Gustavo Toro, aseguró que el proyecto de ley necesitaba considerar la regulación de las plataformas digitales ya que no permiten una cadena productiva de los hoteleros.

“Entre el 40 y el 60 por ciento de las ventas que tenemos en el sector hotelero se hacen a través de plataformas digitales con agencias de viajes, pero algunas de estas ventas se afectan debido a las plataformas informales, por lo que es necesario incluir un artículo en la ley que las regule”, afirmó.

Una serie de preocupaciones

El primer documento del proyecto despertó la preocupación en varios actores de la industria tecnológica y turística del país, al considerar que agregaba una serie de funciones que estaban fuera de contexto y que, no necesariamente, deben cumplir las plataformas.

Por ejemplo, que la ley fuera aplicable a todas las empresas que intermedien servicios turísticos en internet, estuvieran o no en Colombia; verificar quién oferta y quién anuncia los servicios, así como cada una de las políticas de contratación y cancelación. También las obligaba a retirar o eliminar los anuncios de los prestadores de servicios turísticos que no cuenten con inscripción activa y vigente en RNT.

Esto llamó la atención, pues, en primer lugar, la mayoría de las plataformas digitales no controlan ni editan la información que se encuentra en las páginas web, por lo que no son responsables de los registros o indexaciones. Dicha responsabilidad está en manos de los usuarios que publican directamente el contenido y es la justicia colombiana la que determina cuándo es o no veraz.

La segunda es que quien tiene la obligación de velar por el cumplimiento de la normatividad en Colombia es el Estado a través de las autoridades competentes, no el sector privado. Así las cosas el proyecto les estaría delegando a las plataformas una función pública administrativa a privados.

Para Maria Claudia Lacouture, directora de AmCham Colombia, tal y como estaba contemplada la norma en un principio, tendría un efecto negativo en la promoción y acceso a los servicios turísticos en el país pues las cargas contempladas llevarían a una disminución en estas prácticas y, por ende, a las posibilidades que tiene el consumidor para acceder a ofertas turísticas en el país.

“Estoy de acuerdo en tratar de nivelar la cancha de juego. Sin embargo, el proyecto tiene unos puntos importantes que hay que mirar pues generan un desequilibrio entre los actores tradicionales y los roles que deben tener los ecosistemas tecnológicos en el país”, afirmó.

María Claudia Lacouture, directora de la Cámara de Comercio Colombo Americana (Amcham Colombia). | Foto: Cortesía AmCham

Daniel Monroy, profesor e investigador del departamento de derecho económico de la Universidad Externado, también planteó que la regulación impediría el aterrizaje de las empresas en Colombia pues las condiciones no harían al país atractivo para su ingreso, con un efecto directo en la confianza inversionista y en la generación de empleo.

Adicional, para él, la ley también tendría un efecto negativo en el desarrollo nacional de la industria tecnológica, generando una fuga de talento pues los emprendedores colombianos optarían por establecer sus negocios en mercados donde haya una regulación más flexible y adaptada a las realidades de sus modelos de negocio.

Sin embargo, el proyecto llegará a su primer debate -este lunes- con una serie de modificaciones en su ponenica. Si bien el articulado ajustado tiene un avance significativo, mantiene cosas de fondo por aclarar.

Con el nuevo documento, solo las plataformas que están operando en Colombia deberán cumplir con la norma, no deberán verificar que los prestadores de servicios turísticos cuenten con RNT y no tendrán la facultad de publicar o eliminar anuncios que no cuenten con inscripción activa y vigente en el registro.

Monroy afirmó que este es un avance significativo pero que hay cosas que siguen estando fuera de contexto. Por ejemplo, el hecho de que las plataformas tengan que pagar la contribución parafiscal, que sean responsables por la publicidad engañosa o que incluso sean sometidas al régimen sancionatorio de la industria.

También llama la atención en la definición de plataforma, la cual sigue siendo muy generalizada y poco clara para los fines que se quieren lograr. Según el documento, plataforma “es aquella que permite a los turistas buscar y encontrar un servicio turístico en su destino de viaje, conectarse con el prestador, reservar y/o pagar por el servicio. Intermedia entre el turista y el prestador de servicios y cobra una comisión, remuneración o tarifa de uso al prestador o al turista, o a ambos”.

Esto significa que cualquier actividad que utilice internet o plataformas digitales, y que además genere una transacción y cobre una comisión por ese servicio, caería bajo la categoría de prestador de servicios turísticos, sin que necesariamente corresponda a su actividad.

Así las cosas, desde Google Travel, Tripadvisor, Kayak, Kiwi o Expedia, hasta un medio de comunicación digital en el que se publique un clasificado del arriendo de una finca tendría que cumplir con la normatividad si quiere operar en el país.

“La definición es muy enredada. Hay dudas como por ejemplo, cuando se refieren al destino de viaje o a la misma comisión pues si el prestador está fuera del país, quién puede asegurar que efectivamente existe o no un cobro por el servicio", señaló.

¿Qué dicen las plataformas?

Airbnb afirmó que hay aspectos relacionados con las obligaciones y responsabilidades hacia las plataformas digitales que, además de no estar alineadas a las buenas prácticas internacionales, al modelo de operación de plataformas digitales y a los estándares regulatorios, legislación y jurisprudencia regionales e internacionales, generarán efectos contraproducentes para la reactivación y el flujo de viajeros.

“Se agregan una serie de barreras no solo para el desarrollo del ecosistema digital, sino también para pequeñas empresas y emprendedores, desincentivando el turismo y la promoción del mismo a través de medios digitales, lo que termina afectando a miles de

familias en el país que actualmente se benefician del turismo”, señalaron.

Para expertos, el proyecto de ley agrega una serie de barreras no solo para el desarrollo del ecosistema digital sino también para pequeñas empresas y emprendedores.
Para expertos, el proyecto de ley agrega una serie de barreras no solo para el desarrollo del ecosistema digital sino también para pequeñas empresas y emprendedores. | Foto: Frontech

Booking afirmó que, desde su actividad, siempre se han esforzado por cumplir con las leyes locales de cada país en el que operan con el objetivo de ofrecer a los clientes una “experiencia fluida y agradable”, para lo cual han establecido una serie de políticas que dan cuenta de la legalidad de su actividad.

“Nos comprometemos a valorar la transparencia en nuestra relación con socios y clientes. Por lo tanto, todas las propiedades que están en la plataforma firman un acuerdo legal en el cual confirman que cumplen con las leyes locales y pueden recibir invitados”, afirmaron.

Por su parte, Despegar afirmó que apoyan las iniciativas que colaboren con la formación del sector y el establecimiento de herramientas claras y equitativas para todos los jugadores. Sin embargo, consideran que en la normativa plateada hay mucho por trabajar aún.

“Entendemos que todavía hay puntos que deben ser trabajados en miras a beneficiar al sector en su conjunto y a no generar trabas o inconvenientes para el correcto desarrollo de la industria, en un momento donde se torna extremadamente relevante poder generar dinamismo en la misma”, afirmó Catalina Prieto, country manager de Despegar Colombia.

Cientos de viajeros -en su mayoría millennials- recurren a estas plataformas para programar, consultar o desarrollar sus viajes alrededor de las dinámicas propuestas en estas aplicaciones. Además, muchas se han convertido en un canal de generación de ingresos adicionales para sus usuarios, como es el caso de Airbnb.

Esto ha generado que organismos como el Banco Mundial consideren la tecnología, y las aplicaciones del sector, como un motor que mejora el desarrollo del sector y sus estándares de competitividad.

A esto se une que es una de las industrias que más crece. Según el informe Tourism and the Sharing Economy, la tasa de crecimiento anual de los servicios de hospedaje de persona a persona en el mundo se estima en 31 por ciento entre el 2013 y el 2025, una tasa seis veces mayor a la de los servicios de alojamiento tradicionales.

El proyecto tiene llamado de urgencia y en manos del Congreso está el avance tanto del turismo como de la tecnología, que, sin duda, será un actor clave para su reactivación.