A través de una circular, el superintendente Financiero, Jorge Castaño, confirmó que las condiciones del PAD serán las mismas para el 2021. | Foto: Alejandro acosta / istock

DEUDAS

¡Ojo! Alivios a deudores de bancos irán hasta junio de 2021 y esto es lo que debe saber

La Superintendencia Financiera amplió el plazo del Programa de de Acompañamiento a Deudores (PAD), que se vencía el 31 de diciembre.

16 de diciembre de 2020

La crisis económica que trajo la pandemia sigue afectando a millones de colombianos, que tuvieron un salvavidas financieros en los bancos y entidades financieras, mientras baja la marea.

En este sentido, la Superintendencia Financiera creó a mediados de año el Programa de Acompañamiento a Deudores (PAD), que incluyó la posibilidad de que las empresas otorguen periodos de gracia o descuentos, con el fin de solventar la crisis.

Inicialmente, se programó para durar hasta el 31 de diciembre de 2020, pero como la recesión sigue impactado a millones de hogares, la autoridad decidió ampliarlo. Ahora irá hasta el 30 de junio de 2021.

El PAD incluye la reducción en el valor de la cuota y la prohibición al aumento de la tasa de interés inicialmente pactada. | Foto: Getty

Así quedó establecido en una circular, firmada por el superintendente Jorge Castaño. Allí se les indica a las entidades financieras que, de aquí a mediados del próximo año, podrán establecer procedimientos alternativos para otorgar nuevos créditos o diferir antiguos.

En plata blanca, esto implica ‘mirar a futuro’ o proyectar lo que puede venirse para las personas o empresas impactadas, teniendo en cuenta que 2021 será de recuperación.

La idea es que se analicen variables “sobre la reactivación futura del sector económico donde se desempeña y su capacidad de generación de ingresos”, es decir, se flexibilizarían levemente las condiciones.

¿Qué es el PAD?

De acuerdo con la SuperFinanciera, el PAD contiene un conjunto de medidas complementarias en las que se combinan lineamientos prudenciales y de atención al consumidor financiero para el tratamiento de los deudores, ante su nueva realidad económica.

Esto incluye puntos como:

  • La reducción en el valor de la cuota.
  • No se podrá aumentar la tasa de interés inicialmente pactada.
  • Podrán otorgarse nuevos periodos de gracia sin la posibilidad de capitalización de intereses y sin cobrar intereses por otros conceptos que se difieran como cuotas de manejo y seguros.

En el caso de los créditos comerciales de medianas y grandes empresas, las características y resultados de la redefinición corresponderán a los acuerdos que hayan pactado con el establecimiento de crédito.

Con corte al 9 de diciembre, más de 1 millón de colombianos han rediferido casi $5 billones en tarjetas de crédito.

En todo caso, las medidas aplican para todas las carteras de crédito, es decir, comercial, consumo, vivienda y microcrédito, en los términos que cada establecimiento de crédito establezca. Eso sí, los beneficiarios serán aquellos que, tras un análisis de los bancos, tengan expectativa de recuperación razonable y cumplan con las condiciones establecidas por cada establecimiento.

“Para aplicar el Programa de Acompañamiento a Deudores, los establecimientos de crédito deben contactar a los clientes directamente y/o establecer una estrategia de autogestión en la cual, de manera sencilla, se le presenten al deudor las nuevas condiciones de su crédito para su aceptación o rechazo”, señala la SuperFinanciera.

Balance a la fecha

Con corte al pasado 9 de diciembre, se reporta un total de 1.785.085 deudores que redefinieron sus créditos por un valor de $33 billones.

Los créditos con mayores redefiniciones son estos:

  1. Libre inversión: $6,9 billones
  2. Tarjeta de crédito: $4,9 billones
  3. Pymes: $3,2 billones
  4. Corporativo: $2,4 billones
  5. Leasing: $2,4 billones

Además, para aquellos deudores cuya redefinición implicó una reducción de cuota, el promedio de disminución fue del 26,2 %. En tanto, a quienes se les dio una disminución de la tasa de interés, el promedio de este recorte fue del 1,32 %.

Con relación a la ampliación del plazo o rediferido del saldo total, el aumento promedio en tiempo fue de 27 meses, y respecto a los nuevos periodos de gracia o prórrogas otorgados, su duración promedio es de 5 meses.