ECONOMÍA
Comenzó la cuenta regresiva para realizar la declaración de renta
La Dian recordó que este año entra en operación un nuevo mecanismo para el cálculo del Impuesto de Renta de las personas naturales: el sistema de renta cedular.
La hora de declarar y pagar renta se acerca. A partir del próximo 9 de agosto y hasta el 19 de octubre los colombianos tendrán que presentar su declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios, correspondiente a 2017, de acuerdo con las fechas fijadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas, Dian, que tienen en cuenta los últimos dos dígitos del NIT de los contribuyentes.
Se estima que 2,6 millones de colombianos tendrán que presentar esta declaración, y se espera un recaudo aproximado a los 2 billones de pesos, luego de descontar las retenciones en la fuente, los anticipos del impuesto pagados el año anterior y los saldos a favor.
Este año las primeras declaraciones de renta que deben ser presentadas, arrancando el 9 de agosto, son las de personas naturales cuyo documento termine en 00-99, y de ahí en adelante comienza un conteo descendente hasta el 19 de octubre, cuando se tendrán que presentar las de personas con documentos terminados en 02-01. El calendario lo puede consultar aquí.
Aunque se fijaron fechas específicas de presentación, la Dian anunció que los colombianos que quieran presentarla de manera anticipada, es decir, antes de la fecha fijada en el calendario, podrán hacerlo.
La Dian contará este año con puntos móviles de atención para que los ciudadanos tengan acceso a la orientación en la elaboración de su declaración, lo cuales estarán ubicados en Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y Bucaramanga.
Este año la declaración para los residentes en el país cambió y tendrá en cuenta un nuevo mecanismo denominado Sistema de Renta Cedular y deberán declarar en el Formulario 210, mientras que las personas naturales no residentes, así como las sucesiones ilíquidas de causantes no residentes, sin embargo, estas últimas deberán hacer la declaración en el Formulario 110.
El nuevo mecanismo para calcular el impuesto a pagar, de acuerdo con la Dian, clasifica los ingresos de acuerdo con el origen, para aplicar una tarifa y dar un tratamiento particular a cada perfil y su clasificación tiene en cuenta las rentas de trabajo, rentas de pensiones, rentas de capital, rentas no laborales así como las rentas de dividendos y participaciones.
Este año el pago de impuestos para personas naturales lo tendrán que hacer quienes cumplan con estas condiciones:
- Es responsable del Régimen Común del Impuesto Sobre las Ventas - IVA o del Impuesto Nacional al Consumo.
- Tuvo Ingresos Brutos iguales o superiores a $44.603.000 durante el año 2017.
- Tuvo un Patrimonio Bruto a 31 de diciembre de 2017 superior a $143.366.000.
- Realizó consumos con tarjeta de crédito superiores a $44.603.000 durante el año 2017.
- Realizó compras y/o consumos con cualquier medio de pago superiores a $44.603.000 durante el año 2017.
- Realizó consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, por valor acumulado superior a $44.603.000 durante el año 2017.