Economía
¿Qué debe hacer si le embargan la cuenta o un bien por no pagar comparendos pendientes?
Póngase al día y evite verse afectado por estas medidas de la Secretaría de Movilidad.
La Alcaldía de Bogotá viene adelantando diferentes estrategias para recuperar la cartera pendiente de los ciudadanos por cuenta de la falta de pago de las infracciones de tránsito; como medida de choque, se han realizado más de 11.000 embargos, hecho que alertó a los deudores que aún no han podido solucionar su situación ante la Secretaría de Movilidad.
Si usted llega ser objeto de un embargo, tenga en cuenta que esta medida está cobijada por la ley colombiana y que le permite a la autoridad ordenar medidas sobre sus bienes o ingresos hasta por el doble del capital de la deuda más los intereses causados a la fecha.
En este sentido, y para recuperar la cartera pendiente por la falta de pago de las multas, la autoridad puede obligar embargarle cuentas bancarias, bienes, inmuebles, vehículos, salarios y honorarios.
Si le llegan a afectar sus cuentas, puede tener dos alternativas según cómo se haya dado el procedimiento; si no le descontaron el dinero, usted puede hacer el pago de la obligación a través de los canales de la Secretaría de Movilidad. El desembargo se efectuará una vez se compruebe que el dinero ya se encuentra en las arcas del distrito.
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Para esto, la entidad tendrá 15 días hábiles después de que se haga efectivo el pago para levantar cualquier bloqueo sobre su cuenta bancaria.
El otro escenario que se plantea es cuando al deudor se le hace un descuento directamente de donde tiene su dinero. Tenga en cuenta que esta medida no significa que el pago de la obligación se haga de forma automática, simplemente actúa la figura de depósito judicial, que sirve como una garantía para el deudor realice el pago.
Si es el caso, afectado puede autorizar que con ese dinero se salde la multa, y si no, debe esperar a que se surtan las etapas del proceso de cobro coactivo.
Si el deudor decide realizar el pago de la multa por los canales oficiales de la Secretaría de Movilidad, puede diligenciar los formatos correspondientes para solicitar la devolución del depósito judicial con el que fue afectado.
Como en muchos casos, suele pasar que el infractor paga la multa y al mismo tiempo le descuentan el dinero de su cuenta, por lo que también deberá solicitar la devolución del dinero a través de los formatos diseñados para tal fin.
Otro de los escenarios más comunes es cuando al deudor se le embarga el vehículo o un inmueble, lo que le impide al poseedor venderlo o realizar cualquier acción sobre él hasta que esté totalmente al día con sus obligaciones.
El trámite para levantar la medida es simple: una vez esté haya pagado debe solicitar a la Secretaría de Movilidad que le levanten el embargo y se actualice su situación en el SIM; esto le permitirá venderlo, realizar traspasos o cualquier otra diligencia sobre el vehículo o el inmueble afectado.
Embargo a infractores en Bogotá
La Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá emitió la orden de 11.829 embargos de productos bancarios y financieros a deudores por infracciones a las normas de tránsito, cometidas entre los años 2018 a 2020.
Los deudores fueron, en principio, motivados a realizar el pago de sus obligaciones antes de proceder con estas medidas cautelares, a través de invitaciones a pago; es decir, haciéndoles cobros persuasivos e igualmente, se dio inicio al proceso de cobro coactivo librando y notificando el respectivo mandamiento de pago.
“Es importante resaltar que, a todos estos deudores, objeto de las medidas cautelares, previamente se les invitó a pagar mediante oficios persuasivos, además, se inició su debido proceso de cobro coactivo, librando el mandamiento de pago, el cual también fue notificado de acuerdo con el marco legal”, explicó Sebastián Cortés, director de Gestión de Cobro de la Secretaría de Movilidad.