BANCOS

Sancionan al Banco Popular por no apurarse a sacar de su base de datos comercial a ciudadano

La Superindustria le impuso una multa de $ 270 millones, tras concluir que la entidad se demoró más de 10 meses en eliminar la información de un ciudadano de sus bases de datos.

23 de septiembre de 2020
Oficina del Banco Popular
La SIC le ordenó al banco respetar y garantizar oportunamente los derechos de los titulares de los datos. | Foto: Banco Popular

Millones de ciudadanos mantienen abrumados con la avalancha de correos electrónicos o mensajes de texto, a través de los cuales se les envía información comercial o publicitaria. Pero las cosas están cambiando, pues, ahora, es un derecho de los colombianos pedir que se le saque de cualquier base de datos, y para el emisor de la información es una obligación cumplir con este deseo.

A pesar de estas indicaciones normativas, algunas compañías intentan hacerle el quite a la ley y le siguen enviando información a los consumidores. El caso más reciente se dio por parte del Banco Popular, que acaba de ser sancionado con una multa de 270 millones de pesos, pues se tardó más de 10 meses para retirar la información de un ciudadano de sus registros.

Así lo confirmó la Superintendencia de Industria y Comercio, que recibió una denuncia, en la cual la persona confirmó que le pidió a la entidad no usar sus datos personales para enviarle promociones, descuentos y otra información comercial. “Pese a lo anterior, el banco le siguió remitiendo mensajes de texto con información publicitaria a esa persona”, añadió la SIC.

Durante la investigación se comprobó que Banco Popular, por un lado, vulneró el derecho que tienen las personas de revocar su autorización y suprimir sus datos en los casos permitidos por la ley. Como si esto fuera poco, la entidad tampoco tramitó debidamente el reclamo presentado por el ciudadano, los cuales deben responderse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de recibo.

Según la resolución de la sanción, la defensa de la entidad financiera aseguraba que este era un hecho puntual y que no se asemejaba a la realidad de los demás usuarios.

Además, pidió que en lugar de imponérsele una multa económica, se le permitiera destinar recursos “que le permitan adquirir compromisos con la Superintendencia de Industria y Comercio, a fin de reforzar su sistema de atención a las solicitudes de los titulares”.

La entidad no aceptó este ‘cambiazo’ y, en su lugar, le advirtió al banco que tiene el deber de garantizarles a los titulares, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data. Además, le ordenó evitar que se repitan hechos como los que dieron origen a la presente investigación.

Contra la decisión procede recurso de reposición y apelación.