TRABAJO
¿Para trabajar con el Estado debe haberse ocupado antes un cargo público?
El Departamento Administrativo de la Función Pública emitió un concepto jurídico, en el cual detalla que las entidades estatales no podrán exigir como requisito de experiencia haber ocupado un cargo público para acceder a un empleo con el Estado.
“Se reitera que el requisito de experiencia está definido por la ley y esta autoriza que puede ser acreditada en el sector público o privado”, señala el documento. Y recuerda que la experiencia está definida en el Decreto 785 de 2005, como los conocimientos, las habilidades y destrezas adquiridas o desarrolladas mediante el ejercicio de una profesión, arte u oficio.
En ese sentido, “para desempeñar empleos pertenecientes a los niveles directivo, asesor y profesional se exija experiencia, esta debe ser profesional o docente, según el caso, y determinar además –cuando se requiera– si esta debe ser relacionada”. Si se trata de empleos en el nivel profesional y niveles superiores a este, la experiencia docente deberá acreditarse en instituciones de educación superior y con posterioridad a la obtención del correspondiente título profesional.
Por último, Función Pública recuerda que le corresponde al jefe de la unidad de personal o quien haga sus veces, verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada empleo, previo al nombramiento de la persona en el respectivo cargo.