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¿Quiénes deben publicar su declaración de renta? Función Pública entregó la explicación
El Departamento Administrativo de la Función Pública recordó a quienes están ingresando a altos cargos del Estado colombiano a registrar y publicar sus declaraciones de bienes y rentas y conflictos de intereses, según lo ordenado por la Ley 2013 de 2019.
La norma en mención señala que quienes están obligados a cumplir estas obligaciones en las tres ramas del poder público (Ejecutiva, Legislativa y Judicial) deben hacerlo al ingresar al servicio público, durante la permanencia en el cargo y al retirarse.
La entidad elaboró una serie de recomendaciones para que gerentes, altos directivos de las tres ramas del poder público; servidores de elección popular y contratistas puedan cumplir con esta obligación.
Función Pública recordó que quienes por estos y los próximos días estén ingresando al Estado, deben constatar si por su cargo o funciones están dentro de la clasificación de Personas Expuestas Políticamente (PEP) según el Decreto 830 de 2021, en cuyo caso deberán cumplir la regulación sobre el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo.
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Si usted es servidor de elección popular, gerente o alto directivo del Estado de alguna de las tres ramas del poder público o contratista que presta función pública o servicios públicos o administra bienes o recursos públicos deberá registrar y publicar su declaración de bienes, renta y el registro de conflictos de intereses en el Aplicativo por la Integridad Pública.
Tenga a la mano su certificado de ingresos y retenciones del último año gravable (2021). Recuerde contar con su información de cuentas bancarias, bienes patrimoniales, acreencias y saldos al 31 de diciembre del año anterior.
Igualmente, es clave que identifique cuáles de sus parientes pudieran generarle un conflicto de intereses y reporte tanto su nombre como su número de cédula. Si declara renta ante la DIAN, conviértala su declaración a PDF para anexarla.