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Alcaldía de Medellín se defiende por el proceso licitatorio del mejoramiento vial; el contrato estuvo en manos de los mismos durante 6 años
Aún sigue en juego el contrato de $70 mil millones de pesos para que sea adjudicado.
Durante las últimas 24 horas de este 8 de junio de 2023, se dio a conocer tras una investigación que en Medellín está en juego un contrato de $70 mil millones y que hace más de 6 años está en manos de los mismos.
Se trata de un proceso licitatorio que tiene diferentes denuncias y observaciones por parte de todos los oferentes, en el que tres funcionarios de la administración de Quintero estarían en el ojo del huracán. SEMANA contactó a los tres funcionarios pero ninguno dio respuesta oportuna sobre los hechos.
Se trata de Juan Diego Suárez, funcionario de la Secretaria de Servicios y Suministros, y Carolina Pabón y Juan Fernando Vargas, funcionarios de la Secretaría de Infraestructura, quienes en los últimos años habrían intervenido, presuntamente de manera directa, en la adjudicación de los contratos de la malla vial, caso que las autoridades investigan.
La Alcaldía de Medellín indicó que el proceso de selección adelantado por el Distrito de Medellín, cuyo objeto es la “construcción, rehabilitación, mantenimiento y mejoramiento de la malla vial e infraestructura asociada”, se aperturó en la modalidad de selección de licitación pública No. 70007451 de 2023. Esta constituye la modalidad de selección con mayores rasgos de publicidad y transparencia del estatuto general de contratación pública.
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Informaron que, adicionalmente, los pliegos de condiciones definidos en el proceso son tipo, esto es, la determinación de los requisitos habilitantes y de los criterios de selección son definidos en términos de generalidad y abstracción por la Agencia Colombia Compra Eficiente, sin que ellos puedan ser modificados por el Distrito. Con esto se garantiza la transparencia y la pluralidad en la habilitación de los proponentes admitidos, así como la objetividad en la evaluación de los factores de selección.
Aclararon también que a dicho proceso de selección se presentaron 14 oferentes, de los cuales, de conformidad con el pliego tipo adoptado en el proceso de selección, se habilitaron 10, muestra de la pluralidad de oferentes. “La determinación de la obtención de mayor puntaje, conforme al pliego tipo, es compatible con el método aleatorio definido por la TRM aplicable, que solo se conoce después de la presentación de las ofertas, arrojando que debía evaluarse con el menor precio”, indicaron en una comunicación a la prensa.
Y agregaron: “con base en esto, el comité de estructuración y evaluación contractual elaboró un informe en el que se determinó un orden de elegibilidad, advirtiendo que, de conformidad con los criterios definidos en la circular de la Agencia Colombia Compra Eficiente, en atención a la desviación del precio presentado en la oferta del proponente ubicado provisionalmente en el primer lugar del orden de elegibilidad, se realizó requerimiento para aclarar un posible precio artificialmente bajo, que asegure la preservación del cumplimiento del objeto contractual y el interés general de los habitantes de Medellín”.
Frente a la explicación del proponente, el comité de evaluación contractual conceptuó recomendando la adjudicación por causa de una debida aclaración. Es preciso manifestar y reconocer el rigor con el que siempre trabajan los comités evaluadores en las adjudicaciones del Distrito, características que también tuvo el trabajo realizado en el marco del proceso de contratación de la malla vial.
Una vez realizada la recomendación del Comité de Estructuración y Evaluación Contractual fueron presentadas observaciones en la audiencia, por lo que la Secretaría de Suministros y Servicios, en aras de garantizar el principio de responsabilidad, transparencia y la selección objetiva, suspendió la audiencia y solicitó a la Secretaría de Infraestructura Física que se realice la designación de un revisor técnico alterno para que verifique y conceptúe sobre la evaluación técnica que se realizó en el proceso, principalmente en el aspecto relacionado con las ofertas económicas, teniendo en consideración el menor valor (el cual fue definido por la TRM aplicable).
Por último, manifestaron que, a la fecha, están a la espera del informe del revisor técnico y de la respuesta de un nuevo requerimiento al proponente que presentó el menor precio. El objetivo es que se pronuncie acerca las observaciones sobre algunos aspectos del posible precio, artificialmente y bajo una supuesta falsedad, para efectos de adoptar una decisión. Esta debe contar con elementos de conocimiento razonables y objetivos que garanticen el respeto del principio de transparencia, de selección objetiva y los intereses de los medellinenses.