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Avantel fue sancionado con millonaria cifra por usar el espectro de WOM sin autorización: este es el valor de la multa
El operador móvil deberá pagar más de 11.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes. La conducta se estaba investigando desde 2020.
La Agencia Nacional del Espectro (ANE) ratificó este jueves la sanción a Avantel por el uso ilegal del espectro que pertenece a Partners, dueño del nuevo operador WOM.
Tras meses de investigación, ante quejas y denuncias presentadas por Comunicación Celular Comcel S. A (Claro) y Colombia Móvil S. A. E. S. P. (Tigo), se ratificó que Avantel, empresa que se encuentra en proceso de reorganización empresarial y que recientemente se fusionó con Partners, utilizó sin autorización del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) el espectro adjudicado en diciembre de 2019 a la empresa dueña de WOM.
Dicho espectro corresponde a las frecuencias de 723 - 733 MHz y 778 - 788 MHz “como quiera que no detenta una autorización legítima para su uso proveniente del Estado”, según se expuso en la resolución sancionatoria.
Es por esta razón que Avantel S. A. deberá pagar al Estado colombiano una multa de 11.732 salarios mínimos mensuales legales vigentes, poco más de $10.600 millones, y además, debe dejar de utilizar dichas frecuencias de manera inmediata.
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“Otorgar a Avantel S. A. S. en reorganización, quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente a la ejecutoria de esta resolución, para que dentro de este plazo efectúe el pago total de la deuda”, precisa el documento que confirma la multimillonaria sanción.
A todo el material probatorio, la documentación entregada por las empresas demandantes, así como la defensa de la empresa, se sumó el pronunciamiento del Ministerio TIC sobre el caso, pues el espectro es un bien público y es por esta razón que debe autorizar el uso de las frecuencias a actores determinados del mercado.
En la resolución se destaca que la cartera fue consultada por estos hechos, y aunque sin negar o aceptar de fondo el conocimiento del uso de la frecuencia, respondió: “El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones carece de competencia para autorizar acuerdos privados mediante los que se definen condiciones de acceso, interconexión, venta de servicios mayoristas y minoristas entre los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones. Estos acuerdos se someten, en todo caso, a las condiciones y definiciones dispuestas en la regulación, así como a la autonomía de las partes y al libre mercado”.
Se debe recordar que el pasado 19 de mayo WOM confirmó que daría inicio al proceso para fusionarse con Avantel, compañía que lleva operando varios años en Colombia en el sector de telecomunicaciones. El proceso será de fusión por absorción entre las dos sociedades, siendo WOM la sociedad absorbente y Avantel la sociedad absorbida, de acuerdo con lo estipulado por el Código de Comercio y la Circular Básica Jurídica que rigen en el país.
En línea con este pronunciamiento y los realizados por Partners en 2020, la empresa que llegó al mercado se hará cargo de todas las deudas y procesos de Avantel, para continuar con su normal operación en el sector de telecomunicaciones en Colombia.
El año pasado, mientras se realizaba la investigación por la conducta de uso ilegal del espectro, la ANE había asegurado que se habían encontrado méritos suficientes “para abrir una investigación que deberá respetar las instancias establecidas en nuestra legislación nacional, para garantizar el debido proceso”.
Y aunque Partners adquirió a Avantel como parte de su estrategia de despliegue de negocios en el país, la franja de espectro de 700 Mhz que obtuvo en la subasta no puede ser utilizada por Avantel ni cedida a terceros sin autorización.
Hace algunas semanas Claro Colombia informó que ha liberado el Roaming Automático Nacional (RAN) en la tecnología 3G para los usuarios del operador WOM, en el plazo establecido y en las mismas condiciones técnicas con las que habilitó el acceso a su red a Avantel, empresa del mismo grupo de WOM, en cumplimiento del cronograma establecido por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).