Economía
CEO de Avianca asegura que se “mejoraron marginalmente las condiciones” en proceso de integración con Viva Air
La Aeronáutica Civil siguió cediendo para dar paso a la integración entre las aerolíneas, pues en nueva resolución, modificaron algunas condiciones para la operación.
La integración de Avianca con Viva podría darse finalmente, aunque el tiempo sigue siendo el mayor enemigo, en medio de los trámites para que se dé la decisión definitiva.
Una nueva resolución fue expedida por la Aeronáutica Civil, a través de la cual la autoridad cambia algunos condicionamientos impuestos y cede en otros.
En ese sentido, durante el Aviation Day que se llevó a cabo en Bogotá, habló el CEO de Avianca, Adrian Neuhauser, donde aseguró que sobre el proceso de unificación entre las empresas “mejoraron marginalmente las condiciones”.
De igual manera, explicó que la empresa llevó a cabo el análisis de la resolución, mientras que otros sectores de la industria consideran que al final la reglamentación no iría tan cercano a lo que esperan viva Air y Avianca.
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Sin embargo, el empresario recalcó que la finalidad de este negocio es rescatar la aerolínea de bajo costo, desde que no genere pérdidas, pues Avianca debe ser rentable en todos los aspectos.
Es así como, en relación con la devolución de slots (los cupos de aterrizaje y despegue de los aviones), la Aerocivil, a través de la nueva resolución, la cual fue expedida el 5 de mayo, decidió modificar el primer condicionamiento que les había aplicado a las aerolíneas solicitantes de la integración.
Así las cosas, desde la perspectiva de la Aerocivil, ahora se implementará un esquema de devolución de slot que resultará más eficiente, para determinar la devolución de los slots por part de Viva Air.
En ese sentido, la nueva estrategia permitiría proteger más la competencia, aumentar el nivel de participación de los competidores, y al mismo tiempo, facilitar las condiciones para que el ente integrado cumpla con sus condicionamientos, especialmente el de supervivencia de Viva, según evidencia la resolución.
Más modificaciones
Dentro de las modificaciones propuestas en la nueva resolución, por parte de la autoridad aeronáutica, se destaca además que el plan gradual de reactivación de las operaciones de Viva se complementan con el esquema de devolución de slots, el cual fue elaborado en segunda instancia.
Es así como, Viva podrá organizar itinerarios que le permitan adelantar operaciones económicamente viables. Este asunto había sido mencionado, con lo cual, la aerolínea volvería a volar más pronto de lo esperado en medio de la difícil situación financiera que ha mencionado.
En relación con otro de los condicionamientos que le había impuesto la Aeronáutica en una anterior oportunidad, a Viva, hay que señalar que, en la nueva resolución, la autoridad confirma el mantenimiento de los acuerdos interlínea, lo que quiere decir que este condicionamiento en los términos señalados en sede de primera instancia. Se refiere a la relación de Viva Air con Viva Perú y acuerdos compartidos con otras aerolíneas.
En particular, la resolución conceptúa que, se eliminarían las cláusulas de exclusividad en los acuerdos interlínea, previo a una aprobación de la parte contractual.
Además, quedaría habilitada la obligación de informar a las empresas intervinientes “ante la Aeronáutica Civil y la autoridad a cargo del seguimiento la identificación de un escenario de riesgo para la libre competencia económica, derivado del cumplimiento de este condicionamiento”, dice la resolución.
En caso de algún riesgo para la libre competencia, la autoridad aeronáutica podría “mantener, reducir, o eliminar el alcance de este condicionamiento”, dice el documento.
Hay que señalar que Avianca venía reclamando un condicionamiento que consideraba injustificado, según el cual, le estaban exigiendo que pagara la certificación IOSA de seguridad de Satena. En este caso, la Aeronáutica decidió cambiar este condicionamiento, con el fin de aclarar que este consiste en la apertura de un espacio de negociación entre Avianca y Satena, dice el documento, para lo cual, se establece un plazo de 8 meses.