CLARO
Claro, a pagar millonaria multa por reportar como moroso a un ciudadano a centrales de riesgo
La sanción fue impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio, entidad que señala que la compañía no comunicó al ciudadano la presunta morosidad, de la cual no tenía prueba.
La información financiera de los ciudadanos es un tema de cuidado en Colombia, por lo que los ciudadanos deben conocer sus derechos y exigirlos. La Superintendencia de Industria y Comercio anunció que impuso una multa a Claro, en su misión de proteger los derechos del consumidor.
Según la SIC, la persona que interpuso la denuncia ante la entidad fue reportada a las centrales de riesgo como morosa, sin que se le hubiera informado previamente de ese proceder. Y, peor aún, sin que se tuvieran a la mano las pruebas de la existencia de la obligación reportada.
El efecto de un reporte de una persona a las centrales de riesgo es que se le cierran todas las puertas en el sistema financiero, lo que llevó al ciudadano a tramitar la queja ante la Superintendencia, entidad que finalmente decidió multar a Claro, compañía que deberá pagar $116.185.600.
Otro punto que afecta enormemente al ciudadano es que al estar reportado en centrales como Datacrédito implica una demora para que lo saquen de esa lista que indica ‘alerta’ –para los bancos y entidades prestamistas– con ese usuario de créditos. Peor aún si la persona, probablemente por alguna deuda menor, de la que quizás no se enteró, quedó metido en el listado. (Por ejemplo: hay personas que cierran un plan y, por algún motivo no pidieron el paz y salvo, por lo cual no se enteraron que quedaron debiendo $10.000).
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Tarea para Claro
De acuerdo con lo señalado por la Superindustria, en la resolución emitida le ordena a la compañía acreditar la implementación de mecanismos y/o procedimientos que le permitan llevar un control respecto de las denuncias de suplantación que realizan los titulares de la información y la actualización de los reportes de manera eficaz y dentro del término legal, además de ordenarle remitir a esta autoridad las acciones correctivas adoptadas.
Otro de los llamados que hace la SIC a Claro es que debe evitar que se repitan hechos como los que dieron origen a la investigación divulgada este viernes.
Para la SIC, la compañía, al igual que todos los que para el ejercicio de su actividad manejan datos de los ciudadanos, principalmente financieros, deben “respetar y garantizar los derechos de los titulares de los datos”.
Tratamiento de datos
En su resolución, la Superintendencia enfatiza en que Claro debe dar “estricto cumplimiento a las disposiciones legales y estatutarias sobre el tratamiento de datos personales”.
Por su parte, es clave que los colombianos conozcan en profundidad los derechos que existen en el país alrededor de esa materia, de manera que se puedan ir cambiando situaciones que, hasta hace poco, cuando no existían normativas alrededor del tratamiento de datos, eran repetitivas por parte de las compañías.
Principio de responsabilidad
La Superintendencia expresa a Claro que debe “aplicar el principio de responsabilidad demostrada, observando las orientaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio incorporadas en la ‘Guía para implementación del principio de responsabilidad demostrada (accountability)’, con especial énfasis en utilizar mecanismos de monitoreo y control que permitan comprobar la efectividad de las medidas adoptadas para garantizar en la práctica los derechos de los titulares de los datos personales respecto de los principios que rigen el tratamiento de datos personales, especialmente el de veracidad”.
La compañía debe “hacer efectivo el pleno respeto del derecho fundamental de habeas data”.
Finalmente, la Superintendencia de Industria y Comercio reitera que “no se puede reportar información sobre la cual no exista certeza sobre su veracidad, pues esto no solo afecta el buen nombre de las personas, sino que induce a error a los usuarios de la información y al público en general”.
Hay que enfatizar que contra la decisión emitida por la Superintendencia de Industria y Comercio proceden los recursos de reposición y apelación.