Multas
Claro responde a las sanciones de la SIC por el indebido manejo de datos personales
La Superintendencia de Industria y Comercio le impuso la sanción más alta hasta la fecha, alegando que la conducta es reiterativa.
Luego del pronunciamiento de la Superintendencia de Industria y Comercio, que acusó a Claro porque en una campaña comercial estarían recolectando datos de personas sin su autorización, además que manejaron los datos personales de manera indebida -siendo esto una conducta repetitiva- la compañía de telecomunicaciones respondió tras la sanción.
En contexto, la Superintendencia de Industria y Comercio aseguró que Claro, a través de la campaña “Amigos que te premian”, habría vulnerado el régimen de protección de datos personales. El agravante, según la autoridad, es que sería una práctica reiterada, por lo que la entidad le imputó la sanción más alta, hasta la fecha.
“La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de Protección de Datos Personales, impuso una sanción a COMUNICACIÓN CELULAR S.A. COMCEL S.A. (CLARO), por la suma de MIL TRESCIENTOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS M/CTE ($1.306.289.600) al demostrar que el operador omitió implementar medidas adecuadas y suficientes para obtener de sus clientes a través de la campaña comercial “Amigos que te premian” números telefónicos de referidos, sin la autorización previa, expresa e informada, para ofrecerles servicios de telecomunicaciones”, detalló la SIC en la notificación de la multa.
Además de la multimillonaria sanción, y por el agravante de la reiteración en la irregularidad, la Superintendencia le ordenó a Claro que debía dejar de usar las bases de datos recopiladas, además de eliminarlas, junto con la información que alimentara a las mismas. A esto se le agrega que no podrán seguir recopilando los datos personales, sin la autorización del titular.
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Es por esto que Claro salió a defenderse de las acusaciones. En primer lugar, recalcan que siempre han actuado en concordancia de la ley y respetando la normativa vigente, en referencia a la protección de datos personales.
“Los hechos a los que se refiere la investigación y la decisión adoptada por la SIC se relacionan específicamente con una campaña publicitaria denominada “Amigos que te Premian”, que tenía duración determinada y no se encuentra vigente, por lo que independientemente de que la decisión aún no está en firme, será objeto de la interposición oportuna de los recursos que proceden contra esta. Adicionalmente, la compañía no afectó ningún derecho de los titulares de datos personales con ocasión de esa campaña”, asegura Claro en un comunicado.
Algo similar había detallado en días pasados, cuando la Superintendencia de Industria y Comercio lo acusó por publicidad engañosa, en esa oportunidad dijo que todos sus productos y servicios tienen expuestas en sus términos y condiciones, lo que es una señal de transparencia con sus clientes.
“Claro Colombia informa que siempre ha actuado apegado y en cumplimiento de la ley y la normatividad vigente que busca la protección de los usuarios en el país (...) Claro Colombia aplica procedimientos que protegen los derechos de los clientes, conforme a la normatividad vigente en el país”, concluyen en el comunicado.
Así las cosas, la compañía de telecomunicaciones interpondrá los recursos para apelar la decisión, que aunque está en firme, podría tener alguna variación, dependiendo lo que argumente Claro ante la autoridad competente.
No obstante, a pesar de las sanciones multimillonarias, inquieta la cantidad de veces donde la entidad ha sido acusada por este tipo de irregularidades y que frecuentemente es alertada por las autoridades, sin mencionar que muchas otras empresas del sector incurren en estas prácticas ilegitimadas según la normativa vigente.
“La sanción impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio, por la vulneración del Régimen de Protección de Datos Personales, es la más alta a la fecha. Lo anterior, dada la reincidencia de la compañía, toda vez que la citada sociedad ya había sido multada antes por la misma situación”, concluye la sanción impuesta por la SIC.