Economía
Consejo de Estado da espaldarazo a la SIC en investigación a distribuidores de combustible, por presuntas prácticas anticompetitivas
Se prevén posibles responsabilidades penales a los directivos de todas las empresas involucradas. La SIC busca establecer si los investigados desarrollaron una estrategia para obstaculizar el ingreso de nuevos agentes mayoristas al mercado de distribución en Nariño.
Hace unos días, la Superintendencia de Industria y Comercio anunció la formulación de pliego de cargos contra Organización Terpel S. A., Chevron Petroleum Company, Biomax Combustibles S. A., Primax Colombia S. A., la Asociación de Distribuidores Minoristas de Combustible y Derivados del Petróleo de Nariño (Adiconar) y 46 distribuidores minoristas de combustible líquido.
La investigación se da por la presunta coordinación y ejecución de una estrategia destinada a dificultar el ingreso de nuevos agentes mayoristas al mercado de distribución de combustibles en el departamento de Nariño.
Conforme a la normativa aplicable para la distribución de combustibles líquidos en zonas de frontera, si un distribuidor mayorista construye una planta de abastecimiento en el departamento de Nariño, tendrá el primer orden de prelación para llevar a cabo actividades de distribución en esa región.
Esto implica que los demás distribuidores mayoristas solo pueden atender la demanda de combustibles que no haya sido cubierta por el distribuidor que tiene el primer orden de prelación.
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En el pliego de cargos, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) solicitó a los investigados que explicaran el ejercicio masivo, reiterado e injustificado de más de 45 acciones judiciales y administrativas ante diversas autoridades.
Estas acciones tenían como objetivo impedir que nuevos distribuidores mayoristas construyeran plantas de abastecimiento en el departamento de Nariño, con la presunta intención de evitar que algún agente obtuviera el primer orden de prelación para la actividad de distribución.
Sobre el tema, el Consejo de Estado revocó “la sentencia de 11 de junio de 2020, proferida por el Tribunal Administrativo de Nariño, que declaró la amenaza de los derechos colectivos a la moralidad administrativa, libre competencia económica y a los derechos de los consumidores y usuarios, y en su lugar, denegar la acción popular instaurada por el señor Carlos Efraín Santa Cruz Moreno, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia”.
Así mismo, ordenó “exhortar a la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de que, en el marco de sus competencias, adelante los controles necesarios para que el consumidor final del combustible no se vea afectado por el esquema previsto en la Resolución núm. 311031 de 2017 y demás actos que la desarrollan”.
Se llevaron a cabo diversas acciones con el fin de obstaculizar la entrada de nuevos agentes mayoristas al mercado de distribución de combustibles en el departamento de Nariño.
Estas acciones incluyeron la presentación de recursos ante el Ministerio de Minas y Energía, acciones de tutela, acciones populares y demandas ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo.
Se sostiene que esta estrategia fue coordinada en reuniones llevadas a cabo por Adiconar, con la presunta participación de distribuidores mayoristas y minoristas actualmente bajo investigación.
La estrategia anticompetitiva que está siendo investigada habría tenido éxito en suspender el esquema de abastecimiento definido por la regulación, cuyo propósito era incentivar la construcción de plantas de abastecimiento en Nariño.
Esto tuvo consecuencias negativas para los consumidores en el departamento, ya que no experimentaron los beneficios esperados, como una reducción del riesgo de desabastecimiento de combustibles líquidos y una eventual disminución de los precios de los combustibles. La investigación implica a varios agentes, incluyendo a los distribuidores mayoristas y minoristas investigados:
Consejo de Estado Fallo Combustibles Nariño by Publicaciones Semana S.A. on Scribd
Resolución No. 71410 de 2023 (pública) by Publicaciones Semana S.A. on Scribd