Ni personas naturales ni empresas deberían pagar el anticipo del impuesto sobre la renta del 2021

IMPUESTOS

Empresas no pagarían el anticipo del impuesto sobre la renta de 2021

El Gobierno expidió un proyecto de decreto por medio del cual redujo al 0 % el anticipo al pago de este tributo para este año.

17 de marzo de 2021

Con el fin de ayudar a aliviar la caja de las empresas en Colombia, teniendo en cuenta el impacto del coronavirus en la economía del país, el Gobierno publicó para comentarios un proyecto de decreto por medio del cual se busca reducir el pago del anticipo del impuesto de renta.

“La expedición del decreto se justifica en la necesidad de reducir al 0 % el anticipo del impuesto sobre la renta correspondiente al período gravable 2021, para los grandes contribuyentes, las personas jurídicas y las personas naturales”, dijo la Dian.

La norma regirá para las compañías o personas naturales que se desempeñan en la mayoría de actividades económicas del país como extracción de piedras preciosas, fabricación de instrumentos musicales, transporte aéreo, alojamiento, restaurantes, educación, entre otras.

En total son 31 grupos de actividades económicas que no tendrán que pagar el anticipo del impuesto de renta este año.

De acuerdo con cálculos del Ministerio de Hacienda, con esta iniciativa la nación dejaría de recibir poco más de $100.000 millones.

“Para estos casos se suma el valor del anticipo que no se pagó para el año gravable 2019 al valor estimado para 2020. De acuerdo con las estimaciones, el impacto sería de $105.086 millones”, dijo el Ministerio de Hacienda.

“La medida tiene como principal objetivo mejorar el flujo de caja para aquellos grupos de actividad económica que continúan presentando crecimiento negativo. De esta manera, se busca que a estos grupos de actividad económica se les aplique un porcentaje de 0 % como anticipo para el año siguiente”, explicó el ministerio.

La disminución del anticipo de renta al 0 % no quiere decir que las compañías no tengan la obligación de declarar, y si es el caso, de pagar su impuesto de renta correspondiente al año gravable 2021.

Beneficios para la economía naranja

Un atractivo beneficio tributario podrán recibir las empresas de la economía naranja, siempre y cuando garanticen la generación de empleos en el país y así le aporten a la recuperación económica.

Se trata del incentivo fiscal de no pagar impuesto de renta durante siete años, medida que está incluida en un artículo de la más reciente reforma tributaria, la cual busca impulsar a empresas de actividades culturales, creativas y/o de base tecnológica.

Para esto, el Ministerio de Cultura confirmó que desde este lunes, 1º de marzo, y hasta el 31 del mismo mes, las empresas interesadas en recibir esta subvención podrán inscribirse y enviar su proyecto de inversión, para ser beneficiarias.

A la fecha, 535 compañías han sido aceptadas para tener el beneficio de no pago de renta durante los siete años siguientes a su aprobación. Según cuentas del Mincultura, sus iniciativas permitirán generar 4.780 nuevos empleos, así como cerca de 150.000 millones de pesos en inversiones.

Para esta primera convocatoria de 2021, SEMANA presenta un abecé de los puntos claves del incentivo fiscal y todo lo que debe saber, si está interesado.

¿En qué consiste el beneficio de rentas exentas?

Es un incentivo tributario para empresas de economía naranja, en donde las rentas que sean provenientes de su objeto social se encuentran exentas por un periodo de siete años.

¿A quién está dirigido?

A aquellas personas jurídicas que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta, que tengan su domicilio principal en Colombia y cuyo objeto social sea exclusivo del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas.

¿Cuáles son los requisitos?

Estos son algunos de los requisitos que debe cumplir si quiere pertenecer a este beneficio fiscal:

  • Ser persona jurídica e iniciar el desarrollo de las actividades antes del 31 de diciembre de 2021.
  • Estar enmarcado en una de las actividades económicas, definidas en este listado. Allí se incluyen, por ejemplo, edición de libros, software, producción cinematográfica, programación de televisión, creación literaria, actividades teatrales, entre muchas otras.
  • Tener ingresos brutos anuales de máximo 2.848 millones de pesos.
  • Generar nuevos empleos relacionados directamente con las industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativa. Según los ingresos que tengan, deberán crear entre tres y ocho puestos de trabajo.
  • Realizar una inversión de al menos 156,6 millones de pesos en los próximos tres años.