Reducción Jornada Laboral
Estas son las empresas que deberán reducir la jornada laboral en Colombia, desde julio de 2023
Este cambio busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores en el país.
A partir del 15 de julio, Colombia se prepara para una reducción en las horas de trabajo semanales, como resultado de la entrada en vigencia de la Ley 2101 de 2021. Esta ley establece que los empleadores deben disminuir la jornada laboral de sus empleados de 48 a 42 horas por semana, de acuerdo con lo establecido.
Es importante destacar que el incumplimiento de esta disposición puede tener consecuencias legales para las empresas, ya que estas disposiciones son de orden público, irrenunciables y de obligatorio cumplimiento.
A pesar de que la reforma laboral no logró su aprobación en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, los cambios en el mundo laboral ya estaban programados desde hace dos años y se implementarán en el próximo mes. En esta primera etapa, la semana laboral se reducirá en una hora, pasando de 48 a 47 horas.
El objetivo a largo plazo es alcanzar las 42 horas laborales, un promedio más cercano a los estándares de los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Tendencias
Esta nueva normativa aplicará tanto a empresas privadas como estatales, y las autoridades competentes han advertido que aquellos empleadores que no cumplan con la reducción de la jornada laboral podrían enfrentar sanciones. En el caso del sector público, la implementación de la medida dependerá de las políticas y acuerdos establecidos por las entidades gubernamentales correspondientes.
En el sector privado, la reducción de la jornada laboral podría realizarse a través de acuerdos o convenios colectivos negociados entre los empleadores y los sindicatos, teniendo en cuenta las condiciones específicas de cada empresa e industria.
Es importante destacar que existen tres excepciones a esta legislación que deben ser consideradas. En primer lugar, cuando en los contratos laborales, ya sean temporales o indefinidos, se acuerden turnos de trabajo que no excedan las seis horas diarias y 36 horas semanales, evitando así el pago de recargos nocturnos o trabajo suplementario.
La segunda excepción permite flexibilidad en las jornadas diarias, con un máximo de nueve horas y un mínimo de cuatro, siempre y cuando no se superen las 42 horas semanales.
La última excepción establece que, aunque el trabajador esté de acuerdo, el empleador no podrá establecer dos turnos durante el mismo día. Sin embargo, esta disposición puede modificarse para aquellos trabajadores en posiciones de manejo, confianza o dirección.
En caso de que una empresa no cumpla con la reducción de la jornada laboral según lo establecido por la ley, el trabajador tiene la opción de presentar un despido indirecto. Esto implica que el empleado puede renunciar unilateralmente debido a razones imputables al empleador, como el no pago de salarios o prestaciones sociales, o el empeoramiento de las condiciones laborales. En caso de optar por el despido indirecto, el trabajador tiene derecho a exigir el pago de indemnizaciones correspondientes.
Con la implementación de esta nueva normativa, se espera promover una mejor conciliación entre el trabajo y la vida personal de los empleados, así como fomentar una mayor productividad y bienestar laboral.
No afectará lo que cobra por su salario
Con la reducción en las horas de trabajo obligatorias para un empleado, muchos temen que sus ingresos puedan ser modificados y ajustados. Sin embargo, la ley protege a dichos colaboradores.
En el artículo 4 del proyecto se indica que el empleador deberá respetar todas las normas y principios que protegen al trabajador y no podrá reducir la asignación salarial del mismo.
“La disminución de la jornada de trabajo no implicará la reducción de la remuneración salarial ni prestacional, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo, ni exonera de obligaciones en favor de los trabajadores”, dicta la legislación.
Si su empleador hace caso omiso a la norma y decide reducir su salario conforme a la reducción de horas de trabajo, puede acudir ante el Ministerio de Trabajo y tramitar formalmente una queja contra la empresa.
Por otra parte, con el ajuste del salario mínimo para 2023, iniciaron también las cuentas y modificaciones respecto a diversos pagos que normalmente están ajustados a este incremento que se negocia entre los trabajadores y empresarios en el país. Uno de estos es el pago de la seguridad social para quienes cotizan como independientes, como es el caso de quienes laboran bajo la modalidad de prestación de servicios.
Según dijo en su momento el Ministerio del Trabajo, para aclarar los aportes que deben realizar los trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social, se debe tener en cuenta el artículo 18 de la Ley 1122 de 2007, que establece que la cotización de los trabajadores independientes, contratistas de prestación de servicios y aquellos pequeños o grandes que no tienen empleador, se efectúe sobre una base de la cotización máxima del 40 % del valor de los ingresos mensuales.