TRABAJADORES
Horas extras: esta es la nueva orden del Ministerio del Trabajo que acata directriz de la OIT; así lo beneficiaría
El ministerio emitió una circular. Empleadores tienen 6 meses para hacer los ajustes. Así se beneficiarán los trabajadores.
Un adelanto a la reforma laboral habrá en Colombia con las horas extras, según la circular emitida por el Ministerio de Trabajo, con fecha del 30 de agosto.
La ministra Gloria Inés Ramírez expidió la norma que obliga a los empleadores a poner al día la autorización para laborar horas extras. ¿Qué significa?
Según el argumento del Ministerio, se trata de honrar un reciente pronunciamiento de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), que vela por promover el bienestar de los trabajadores.
La disposición de MinTrabajo establece un tiempo: seis meses, para que el empleador realice los ajustes ante la Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo de su jurisdicción, a fin de aplicar los derechos de los trabajadores con las horas extras.
Lo más leído
La ministra explicó que la OIT presentó observaciones puntuales para Colombia “en cuanto a los convenios ratificados, indicando la necesidad de que se establezcan unos límites de las horas trabajadas por día y las horas extras”.
De igual manera, el organismo internacional recomienda que dichas horas por fuera de la jornada laboral “sean retribuidas de manera oportuna y que existan límites a estas horas extras tanto a nivel semanal como anual como lo establecen los convenios de la OIT”.
Además, la circular de MinTrabajo señala que, “mientras dure el proceso de actualización, que no tendrá ningún costo, seguirá siendo válido el documento que en su momento fue expedido por la respectiva Dirección Territorial”.
Hay que señalar que esta directriz es similar a la que está incluida en la propuesta de reforma laboral.
Esto dice la propuesta en la reforma laboral
En la nueva reforma laboral que llevó el Gobierno al Congreso de la República se plantea modificar el numeral 2 del artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo.
De esa manera, la propuesta implica que quedaría de la siguiente manera: ”El empleador deberá llevar un registro del trabajo suplementario de cada trabajador en el que se especifique el nombre, actividad desarrollada y número de horas laboradas con la precisión de si son diurnas o nocturnas”.
Además, agrega el texto del proyecto, “el empleador está obligado a entregar al trabajador una relación de las horas extras laboradas”.
En el documento presentado por el Ministerio de Trabajo al Congreso de la República, se establece que el registro de las horas extras deberá entregarse, junto con el desprendible de nómina, a cada trabajador.
De igual modo, dice el proyecto de ley, “de ser requerido, estará obligado a aportar ante las autoridades judiciales y administrativas el registro de horas extras; de no hacerlo, se tendrá por cierta la estimación razonable que haga el trabajador del número de horas extras laboradas, sin perjuicio de la sanción que podrá imponer la autoridad administrativa del trabajo”.
¿Cómo se pagan las horas extras en Colombia?
Hay que señalar que la palabra OIT es muy frecuente encontrarla en el texto del proyecto de ley propuesto por el gobierno. Varias de las medidas que se establecen se respaldan en los convenios que el país ha suscrito con ese organismo internacional.
Actualmente, se establecen los siguientes porcentajes de pago para horas extras y recargos:
- Hora extra diurna: 25 % de recargo.
- Trabajo extra nocturno: 75 % de recargo.
- Recargo nocturno: 35 % de recargo.
- Recargo dominical y festivo: 75 % de recargo.
- Trabajo nocturno en domingos y festivos: 110 % de recargo.
- Trabajo extra nocturno en domingos y festivos: 150 % de recargo.