ESPECIAL LEY DE INSOLVENCIA
Insolvencia, qué tanto afectó la crisis de 2020
Según la Superintendencia de Sociedades, el año pasado se recibieron 1.292 solicitudes de insolvencia empresarial. Servicios y comercio, los sectores más afectados.
La pandemia provocó en 2020 la mayor contracción de la economía en la historia de Colombia, con una baja del Producto Interno Bruto (PIB) de 8,6 por ciento y las empresas no fueron ajenas a dicho coletazo.
Con el fin de entender el impacto de la crisis sanitaria, la Superintendencia de Sociedades realizó varios estudios con base en la información histórica de los estados financieros de alrededor de 15.000 unidades productivas, para establecer los riesgos de insolvencia según varios escenarios de caída del PIB. Según Juan Pablo Liévano, superintendente de Sociedades, “los estudios arrojaron resultados preocupantes” porque, a mayor caída del PIB, aumentaba el número de empresas en peligro de insolvencia.
Los datos de la Supersociedades indican que entre el primero de abril y el 31 de diciembre de 2020, la entidad recibió 1.072 solicitudes de insolvencia y en la totalidad del año alcanzó 1.292. Esto representó un incremento de 2 por ciento con respecto a 2019, cuando se registraron 1.272.
“Las solicitudes representaban 12,4 billones de pesos en activos, 10,4 billones en pasivos y 2 billones de pesos en patrimonio. Además, involucraban alrededor de 40.000 empleos”, aseguró. De acuerdo con el funcionario, los sectores más afectados desde que comenzó la crisis sanitaria fueron servicios y comercio.
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¿Cómo opera la ley de insolvencia?
Más que una sola normativa, la denominada Ley de Insolvencia es un conjunto de disposiciones que regulan los procesos de reorganización o liquidación empresarial.
Por ejemplo, la Ley 1116 de 2006 es el régimen general para empresas comerciales y personas naturales comerciantes, entre otros. Sin embargo, a raíz de la crisis causada por la pandemia, se expidieron los Decreto-Ley 560 de 2020, 772 de 2020 y 842 de 2020, mediante los cuales se crearon procesos de insolvencia más expeditos.
Para las personas naturales no comerciantes también existe una legislación. Bajo el amparo de la Ley 1564 de 2012, que es un mecanismo que facilita el pago de las deudas, quienes estén en dificultades económicas pueden sanear sus finanzas, salvar sus bienes y proteger el bienestar personal y familiar.
A partir de ese contexto, el Superintendente considera que “el sistema de insolvencia colombiano se ha adaptado rápidamente para estar a la altura de lo que se requiera en términos institucionales y normativos. La Superintendencia de Sociedades viene en un proceso de fortalecimiento constante que se ha acelerado en los últimos meses, en respuesta y reconocimiento a su rol económico fundamental”.
Situación empresarial
Raúl Ávila, profesor de Industria de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Colombia, plantea que, pese al optimismo y a medidas de choque de los gobiernos, el sector empresarial se está viendo cada vez más afectado y la insolvencia y cierre son “amenazas alarmantes y crecientes”.
Según plantea, “está más allá de toda duda” la utilidad de los procesos de insolvencia en la buena marcha de las economías desarrolladas o en vías de serlo. “Un régimen de insolvencia moderno disminuye los costos asociados a la crisis del deudor, en la medida en que facilita la recuperación de empresas viables, y acelera y hace eficiente la liquidación de aquellas que no lo sean, para que sus activos se reintegren pronto a los circuitos de producción donde puedan de nuevo generar valor”, dice.
Entre los ajustes normativos en este campo, Ávila destaca el régimen especial para tramitar, de forma simplificada, las insolvencias de micro y pequeñas empresas, una acción concretada en el Decreto 772 de 2020 y que está en consonancia con directrices internacionales como las de la Comisión de las Naciones Unidas para el Desarrollo Mercantil Internacional. “Lo clave son una serie de dispositivos regulatorios diseñados para incentivar la recuperación de empresas viables, y para facilitar la incorporación de activos productivos a la economía”, asegura.
Una herramienta más cercana
Para Carlos Andrés Hernández, abogado de la Universidad Santo Tomás de Medellín y fundador y socio principal de una firma jurídica especializada, entre otros campos, en derecho concursal, pese a la importancia de esta figura, hoy es necesaria la masificación de su uso en el parque empresarial.
“Debe convertirse en una herramienta conocida por los empresarios y más cercana. Hay que seguir desarrollando labores de capacitación y acercamiento a las Pymes y a las personas naturales deudoras, así como seguir mejorando las practicas empleadas por los empresarios al acudir a dicha ley y mejorar la percepción que tienen algunos deudores y acreedores de “que la ley de insolvencia es para no pagar acreencias”. Todo lo contrario, el no pago de un acuerdo o su incumplimiento es sancionado con la liquidación judicial obligatoria o cierre de la empresa”, afirma Hernández.
La ley de insolvencia se ha convertido en un camino para que las empresas colombianas que enfrentan dificultades financieras, así como las personas naturales, puedan cumplir con las deudas que tienen con sus acreedores, reorganizarse y recuperarse.